Es para los transportes de más de 3.500 Kg, motivado por la finalización del fin de semana largo. Será desde las 18 hs, hasta 23.59.
Rutas y Tramos donde se aplica la medida:
R. N. 3: entre Buenos Aires y la Ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Bs. As.
R. N. 5: entre Buenos Aires. y Santa Rosa, La Pampa
R. N. 7: entre Buenos Aires y Mendoza
R. N. 8: entre Buenos Aires y Mercedes, Pcia de San Luís
R. N. 9: entre Buenos Aires y Salta
R. N. 11: entre Rosario, Santa. Fe, y Clorinda, Pcia. Formosa
R. N. 12: entre Buenos Aires y Ceibas, Pcia. de entre Ríos y entre Corrientes y Puerto Iguazú, Pcia. Misiones
R. N. 14: entre Ceibas, Entre Ríos, y San José, Pcia. de Misiones
RN. 19: entre Santa Fe y Córdoba
R. N. 20: entre Villa Dolores, Córdoba, y San Juan
R. N. 22: entre Bahía Blanca, Buenos. Aires. y Neuquén
R. N. 33: entre Rosario, pcia. de Santa Fe y Bahía Blanca, Pcia. de Bs. As
R. N. 34: entre empalme con la R .N. A012, Santa. Fe., y La Banda, Santiago del Estero
R. N. 36: entre Río Cuarto y ciudad de Córdoba, en Córdoba
R. N. 38: entre empalme con la R .N. 20, Córdoba, y Tucumán
R. N. 40: entre San Juan y Mendoza; y entre el empalme con la R. N. 234, Neuquén, y Esquel, Chubut
R. N. 74: entre el empalme con la R. N. 38 y Chilecito, La Rioja
R. N. 105: entre las ciudades de San José y Posadas, en Misiones
R. N. 141: entre el empalme con la R. N. 79, pcia de La Rioja, y, pcia. de San Juan
R. N. 145: entre el empalme R. N. 20, Pcia de San Luis y la ciudad de San Luis R. N. 14 entre Quines, San Luís, y Mendoza
R. N. 157: entre el empalme con la R. N. 60, Pcia. de Catamarca, y Tucumán
R. N. 174: entre Rosario, Pcia de Santa Fe y Victoria, Pcia. Entre Ríos
R. N. 188: entre San Nicolás, Buenos. Aires., y General Alvear, Mendoza
R. N. 205: entre Cañuelas y Bolívar; Pcia. de Buenos Aires
R. N. 226: entre Gral. Villegas y Balcarce, Pcia. de Buenos Aires
R. N. 231: entre el empalme con la R. N. 40 y el paso Cardenal Samoré, en Neuquén
R. N. 237: entre el empalme con la R. N. 22 y el empalme con la R. N. 40, Neuquén
Todas las Autopistas de acceso a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Gran Buenos Aires en toda su extensión.
Asimismo quedarán exceptuados de mencionada restricción los vehículos que a continuación se detallan:
– Transporte de leche cruda.
– Transporte de animales vivos.
– Transporte de productos frutihortícolas en tránsito.
– Transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales.
– Atención de emergencias.
– Asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado y en regreso en vacío.
– Cisterna de traslado de combustibles y de gas natural comprimido.
– Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencia sanitaria domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
– Transporte de medicinas.
– Transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos.
Recomendaciones de Vialidad Nacional:
Los conductores de vehículos menores deben circular con las luces bajas encendidas; V. T. V. actualizada, Respetar las velocidades máximas y mínimas, Colocarse el cinturón de seguridad, No sobrepasar a otro vehículo con presencia de doble línea amarilla, Niños menores de 12 años deben viajar el asiento trasero correctamente sujetados, Haber dormido y descansado antes de emprender un viaje y No beber alcohol antes ni durante la conducción.