Por Pablo Callejón
La sargento ayudante Nancy Salinas irá a juicio acusada de “encubrimiento por favorecimiento personal doblemente agravado” durante la investigación por la desaparición de Nicolás Sabena, iniciada en septiembre de 2008. La agente formaba parte de la División Investigaciones al mando de Gustavo Oyarzábal y el fiscal de Instrucción Fernando Moine sospecha que buscó favorecer la situación de los Vargas Parra.
Aunque solo Salinas estará sentada en el banquillo el próximo 25 de marzo y la denuncia de Rosa Sabena contra Oyarzábal aún debe ser resuelta por el juzgado de Control, el proceso oral podría revelar una trama de encubrimiento policial al clan Vargas.
El 15 de septiembre de 2008, un día después de la desaparición de Nicolás, José Vargas Parra fue detenido cuando intentó eludir un control policial de rutina. Así lo confirmaron ante la Justicia los policías Hernán Alberto Cazzola, Mario Gabriel Villegas y Juan José Ortiz. Vargas Parra fue detenido a la comisaría de Banda Norte y minutos después llegaron al lugar la suboficial Salinas junto al comisario Fernando Pereya. En la acusación el fiscal Moine especuló que habrían arribado para interiorizarse sobre la situación del aprehendido, quien tenía amplios antecedentes policiales.
Cuando el caso Sabena había asumido una preocupación central en la Justicia y el hecho provocaba una conmoción social, los Vargas Parra ya aparecían como los principales sospechosos. Al pasar los meses y “con un presunto propósito de favorecimiento y colaboración hacia la situación procesal de José Vargas padre, su esposa Adelina Flores y sus hijos José Francisco Vargas Flores y Lucía Inés Vargas”, Salinas evitó hacer alusión a la detención del jefe del clan, quien había intentado eludir un control policial.
El 9 de diciembre de 2008, a la 1,43 de la madrugada, Salinas llamó a Vargas Parra para informarle “las constancias y el rumbo de la tarea investigativa”. Ese día, la fiscalía de Instrucción planeaba un operativo en la quinta ubicada en Guardias Nacionales 2700 que pertenecía a los sospechosos. La comunicación duró 16 segundos y “fue captada por la antena C0474A situada en Río Cuarto 5-Epec”. El allanamiento se suspendió por cuestiones climáticas y se realizó el 17 de diciembre. El entonces fiscal de Instrucción Walter Guzmán había dado órdenes precisas a su secretaria de evitar cualquier filtración sobre los motivos del operativo.
Moine advirtió que “lejos de mantener el secreto de tan trascendente acto, Salinas optó por quebrar esa confianza en ella dispuesta mediante el llamado telefónico sugestivamente efectuado, el transcurso de la madrugada del día anterior al del cumplimiento de la medida”
“Al momento de la desaparición de Sabena, Salinas era la encargada de practicar distintos actos tendientes a desentrañar su destino”, precisó Moine en su requisitoria de elevación a juicio.
La sospecha era que la imputada, que formaba parte del equipo de investigación, direccionó acciones probatorias para aliviar la persecución sobre los Vargas. “Existió de su parte, con su ayuda, una clara finalidad para que el núcleo familiar eludiera la tarea investigativa de la autoridad o se sustrajera a su acción. Quiso y tuvo la voluntad de favorecer a quienes ya se sindicaban como sospechosos de la desaparición del joven Nicolás Sabena”, precisó el funcionario judicial.
Para el fiscal, “ha quedado acreditada, con el grado de probabilidad requerido en esta etapa procesal, tanto la materialidad del hecho como la autoría penalmente responsable de Salinas”.
Moine advirtió que Salinas se había mostrado “preocupada por subsanar los “inconvenientes” que le generaba a Vargas la existencia de vestimenta de Sabena en su domicilio” y durante la conversación telefónica exponía “una especial cortesía e interés que no condice con una adecuada distinción entre lo personal y lo profesional”.
El fiscal consideró el accionar de Salinas como “individual” y evitó sumar la complicidad de otros miembros de la División Investigaciones. Moine pidió el sobreseimiento de Oyarzábal y tras la apelación de Rosa Sabena, la definición está en manos del Juzgado de Control.