A través de un decreto de necesidad y urgencia, el Presidente de la Nación redujo las indemnizaciones por invalidez o muerte de un trabajador en un accidente laboral, una medida reclamada por las aseguradoras.
El DNU 669 modifica la Ley N° 24.557, que regula el Sistema de Riesgos de Trabajo, y cambia a la baja el cálculo del monto de las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador.
En concreto, se tomará la tasa de variación del índice RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables) mientras que actualmente se hace con la tasa activa del Banco Nación, siempre más alta que la de promedio de salarios.
La medida se debería a que la utilización de la tasa activa del Banco Nación provoca «incrementos desmedidos» de las indemnizaciones. La norma mantiene la aplicación de la tasa activa del BNA en el caso de que las aseguradoras incurran en el incumplimiento del pago.