La Cámara Federal rechazó reabrir la investigación de la denuncia por el presunto encubrimiento de los imputados iraníes de la causa AMIA que el fallecido fiscal Alberto Nisman había presentado contra la ex presidenta y otros funcionarios.
Telam – La Cámara Federal rechazó este martes reabrir la investigación de la denuncia por el presunto encubrimiento de los imputados iraníes de la Causa AMIA que el fallecido fiscal Alberto Nisman había presentado contra la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y otros funcionarios.
La Sala I de la Cámara, integrada por los jueces Jorge Ballestero y Eduardo Freiler, ratificó la decisión que había adoptado el juez federal Daniel Rafecas cuando desistió de reabrir la denuncia que el ex titular de la UFI AMIA presentó el 14 de enero del 2015, cuatro días antes de morir.
Los camaristas Freiler y Ballestero emitieron un fallo de 32 páginas en el que sostuvieron que no había surgido elementos nuevos que permitieran reabrir la denuncia que ya había desestimada por «inexistencia de delito», fallo que había sido confirmado por la Cámara el año pasado.
En su voto, el juez Freiler remarcó la «inexistencia de `elementos novedosos´ idóneos para alterar el temperamento desestimatorio oportunamente adoptado» para la denuncia en la que Nisman acusó a la ex presidenta de pergeñar una maniobra para garantizar la impunidad de los ciudadanos iraníes acusados de idear el atentado contra la AMIA ocurrido en 1994.
Nisman había denunciado que para generar esa situación de impunidad se había orquestado la firma del Memorandum de Entendimiento con Irán y que del diseño y la ejecución del presunto plan delictivo habían participado, entre otros, el ex canciller Hector Timeram y el diputado nacional Andrés Larroque.
El pedido de reabrir la denuncia de Nisman fue presentado por la DAIA a partir de dos presuntos nuevos elementos: la grabación una llamada entre Timerman y el ex titular de la AMIA, Guillermo Borger en la que ambos se referían a la supuesta responsabilidad de Irán en el atentado, y el hecho de que el Memorándum de Entendimiento fue declarado inconstitucional.
Al pedido de la DAIA se sumó el fiscal ante la Cámara, Germán Moldes, quien sostuvo que la decisión de la Sala I debía ser declarada «nula», entre otras cosas, porque Freiler y Ballestero habían utilizado argumentos distintos la primera vez que coincidieron en que era correcto confirmar la decisión de Daniel Rafecas de desestimar la denuncia de Nisman.
Al referirse a la inconstituicionalidad del pacto celebrado entre Argentina e Irán, Ballestero sostuvo que no modifica el escenario porque ya lo había contemplado en su primera intervención y que la confirmación no hace más que solidificar aquel voto.
«El Memorándum de Entendimiento pudo ser un fracaso para la diplomacia argentina, un error para los anales legislativos, una desilusión para quienes creyeron ver en su texto el avance de la investigación por el atentado, pero de allí a ver forjado en él un maquiavélico plan por encubrir a los responsables de las cientos de víctimas de la voladura de la AMIA existe un abismo», sostuvo Ballestero, haciendo referencia a su fallo anterior.
Sobre la conversación telefónica entre el entonces Timerman y Borger, sostuvo: «La culpabilidad
de Irán en la voladura de la AMIA no es sino la posición que la República Argentina viene sosteniendo desde hace años, no sólo en el orden interno, sino también en el ámbito internacional, ya en las gestiones del propio Fiscal Nisman ante Interpol, o bien por los Primeros Mandatarios ante las Naciones Unidas».
El camarista Freiler sostuvo que en aquel diálogo telefónico cuya grabación nadie se atribuyó «ambos polemizan en torno a la firma del Memorándum de Entendimiento, esgrimiendo, cada uno de ellos, la misma postura que luego defendieron en público, tal como lo admitió Borger» al testificar en otra causa que tramita el juez federal Claudio Bonadio.
Los miembros de la Sala I confirmaron también la decisión de Rafecas de no aceptar a la DAIA como quierellante dado que a partir de la denuncia de Nisman no se abrió una causa judicial ya que fue desestimada por «inexistencia de delito».