Autoconvocados contra el ajuste preparan amparo judicial contra el tarifazo del gas en Río Cuarto y hoy sumaron en Plaza Roca los reclamos de cientos de vecinos afectados
Para la recepción de adhesiones en Plaza Roca, los afectados debieron presentar «fotocopia del DNI, de la última factura con aumento y de la ùltima factura sin tarifazo ( y en lo posible fotocopias de la factura correspondiente al mismo periodo del año anterior)».
Lo que hay que saber
Doctor Eduardo Massa
Columna Pablo Callejón, Telediario 15 de junio
Columna de Pablo Callejón, Telediario 14 de junio
Intimación
El Defensor del Pueblo de Río Cuarto, Guillermo De Rivas pidió a Ecogas «la urgente aplicación de la Resolución N° 99/16 del Ministerio de Energía y la Resolución N° 3843/16 de Enargas» que pone un tope del 400 por ciento a las subas.
De Rivas resaltó que la resolución nacional «dispone que los montos sin impuestos para los usuarios residenciales del servicio de distribución de gas no podrán superar más de un 400% al monto que hubiera correspondido facturar para la misma categoría y para el mismo volumen consumido en el período de facturación de las tarifas vigentes al 31 de marzo de 2016”.
De esta forma, De Rivas pidió que se aplique similar criterio al expuesto por el Juez Federal de Villa María, Roque Rebak, ante la presentación de la Auditora General, quien resolvió que la empresa prestataria “en concordancia con el ente regulador, deberá realizar una nueva facturación de los períodos aquí impugnados con los lineamientos detallados en la Resolución N° 99/16 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación».
«Asimismo, deberán abstenerse del corte del servicio a los usuarios que no han abonado las facturas del bimestre correspondiente hasta tanto no se produzca la REFACTURACIÓN correspondiente con fecha de pago suficiente; y para el caso de los usuarios que hayan abonado con éstos incrementos deberá contemplarse la diferencia en futuras liquidaciones como crédito a favor”, indicó el fallo.
El ombudsman sostuvo que «por todo esto, ante la absoluta falta de conocimiento de la ciudadanía sobre el alcance de tales Resoluciones, se solicita que se disponga cumplir con el deber de información, dictado por el propio Ente Regulador, dispuesto también por el Art. 4 de la Ley 24.240 y consagrado por la propia Constitución Nacional»
«Queremos que se explique en forma clara y detallada la aplicación práctica de dicha normativa, es decir, cómo se va a instrumentar, cuáles serán sus efectos, en función de qué ítem se considerará el tope de 400%. Para ello se deberá informar, no sólo a esta Defensoría, sino también a cada uno de los usuarios del servicio. En virtud de la situación gravosa que se genera y de la necesidad de tener respuesta concreta a comunicar a los vecinos, requiero que la presente sea contestada en el plazo de 48hs. de recibida», advirtió.
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