Por el freno judicial y la resolución de la Comisión Federal de Impuestos, el municipio decidió poner fin al polémico cobro de la sobretasa a la telefonía celular, Internet y televisión por cable en el presupuesto 2016, aunque en la práctica el tributo no tuvo ningún impacto este año.
El intendente Juan Jure dijo esta mañana en conferencia de prensa que la sobretasa «ya es parte del pasado»
Desde el bloque de Unión por Córdoba pidieron la devolución del dineron a quienes abonaron la tasa a través del pago de servicios desde el 2012.
El doctor Ricardo Muñóz, abogado de los vecinos que plantearon los amparos, sostuvo que «se podría analizar si corresponde el reintegro, pero es muy difícil su ejecución porque habría que hacer un cálculo individual de cada afectado en todo el universo de la ciudad».
Frenó el cobro
Tras los recursos presentados por decenas de vecinos que señalaron la inconstitucionalidad de la tasa y el planteo de la Defensoría del Pueblo que aún debe resolver el Tribunal Superior, la Justicia ordenó frenar el cobro hasta que se dictamine sobre la situación de fondo.
Según informó la secretaria de Economía, María Alicia Panza, en el 2015 las empresas dejaron de cobrar la sobretasa por lo que consideró que «no tenía sentido avanzar con el planteo para el año que viene». La última firma en aplicar el tributo fue Cablevisión y dejó de hacerlo en el primer trimestre.
Además del freno judicial, la clave en la decisión municipal estuvo sustentada en un fallo de la Comisión Federal de Impuestos que sugirió derogar la tasa. Aunque el pedido no es vinculante tiene una fuerte incidencia en una evaluación jurídica.
El municipio avanza ahora con el cobro de las tasas a las antenas de telefonía, con lo que aspira recaudar en el 2016 unos 5 millones de pesos.
El doctor Muñóz manifestó que la presentación de la Defensoría iba a tener un caracter general que impactaría en toda la ciudad. El entonces defensor del Pueblo, Humberto Mugnaini, había solicitado al TSJ que fijara si es constitucional o no el cobro de la sobre tasa.
El ex ombudsman decidió apelar ante el Tribunal Superior luego que la jueza de Quinta Nominación, Rita Freire de Barbero, resolviera inhibirse ante el planteo de acción declarativa de certeza impulsado por el defensor del Pueblo a nivel local en primera instancia.
La magistrada se excusó de opinar sobre la cuestión, al considerar con buen tino que sólo el Tribunal Superior de Justicia tiene competencia para definir la constitucionalidad o no de la ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante de Río Cuarto.
Para Muñoz, «fue un fracaso del municipio que exigió a los vecinos ir a la Justicia y ahora deberá enfrentar costos judiciales»
«Además, hubo empresas que judicializaron su rechazo y se negaron a cobrar la sobretasa. Esto generó más frustración que recaudación», enfatizó.
En el reclamo efectuado por los vecinos se indicó que la ordenanza «vulnera la Constitución Nacional que veda la restricción a la libre circulación de servicios, prohíbe las aduanas interiores y el trato diferencial»
Añade que también se vulnera «la distribución de competencias constitucionales en materia tributaria entre Nación y provincias, desconce la cláusula de comercio interjurisdiccional que autoriza la exclusiva regulación federal de los servicios públicos interconectados, vulnera la Constitución provincial y hasta la Carta Orgánica municipal».
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