En diez años, los tribunales con jurados populares dictaron 340 sentencias

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Desde 2005 hasta 2014, los tribunales provinciales integrados con jurados populares dictaron en total 340 sentencias. La cifra se desprende del informe estadístico titulado “Jurados Populares en la provincia de Córdoba”, que fue elaborado por el Centro de Estudios y Proyectos Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ). Según el relevamiento confeccionado a partir de los datos provistos por la Oficina de Jurados Populares del TSJ, las Cámaras del Crimen de las distintas sedes judiciales de la provincia, integradas con jueces y ciudadanos, emitieron entre 2005 y 2014, en total, 294 sentencias condenatorias (86%) y 46 fallos absolutorios (14%).
Por otra parte, el informe precisa que, en 2014, en el 58% de los debates realizados con la participación de jurados populares fueron resueltos casos de homicidio agravado (22 sentencias); en el 19%, homicidios en ocasión de robo (7); en el 18%, tentativas de homicidio (7) y en el 5% restante, delitos económicos y corrupción administrativa (2).
En cuanto al costo que supone el sistema, durante 2014, se destinó un presupuesto de 2.916.517 pesos para cubrir las erogaciones (por todo concepto) que supone la implementación del mecanismo en la provincia.

Antecedentes

En virtud del sistema que rige en Córdoba (Ley 9182), los delitos económicos, los hechos de corrupción y los “crímenes aberrantes” deben ser juzgados, obligatoriamente, por un tribunal integrado por tres jueces técnicos y ocho jurados populares titulares.
Los jurados deciden, junto a los magistrados, sobre la existencia del hecho delictivo y sobre la responsabilidad penal del imputado. En cambio, no intervienen en las cuestiones de índole estrictamente jurídica, como la calificación legal del hecho y la determinación del monto de la pena.
Si bien la función es una carga publica, las personas convocadas reciben por parte del estado provincial un monto determinado por día que duren las audiencias de debate, como así también los viáticos correspondientes, conforme al régimen de asistencia económica para los Jurados Populares sorteados para integrar las Cámaras del Crimen de este Poder Judicial.

Fuente: Tribunal Superior de Justicia

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