El fiscal dijo sentirse víctima de «violencia moral». Resaltó que busca «darle trasparencia al proceso». La querella no había solicitado su apartamiento, aunque el Observatorio de Derechos Humanos pidió que se lo investigue por la parálisis de la causa Nora Dalmasso.
El juez de Control Daniel Muñoz debe resolver sobre el planteo de apartamiento del fiscal de Instrucción Javier Di Santo en la causa por el crimen de Nora Dalmasso, ocurrido el 25 de noviembre de 2006.
El fiscal dijo sentirse víctima de «violencia moral» y resaltó que busca «darle trasparencia al proceso». La querella no había solicitado su apartamiento, aunque el Observatorio de Derechos Humanos pidió que se lo investigue por la parálisis de la causa.
La resolución
Di Santo decidió apartarse del caso por el crimen de Nora Dalmasso, ocurrido en noviembre de 2006. La causa aparece estancada, sin imputados ni móviles del hecho.
En el texto del fiscal al que accedió TD Digital, Di Santo señaló que ha estado «al frente de la investigación del crimen en forma constante e ininterrumpida, conformándose un voluminoso expediente que supera ampliamente, con sus anexos, los 20 cuerpos de prueba».
«Tan aquilatada investigación importó para el suscripto, como lo exige la Ley del Rito, un compromiso permanente con la causa, la que pese a no estar exenta de críticas mediáticas, me fue ratificada la confianza a la cabeza de la pesquisa por mis superiores jerárquicos, quienes en el transcurso de la investigación, y hasta el momento, ninguna observación manifestaron tendiente a apartarme del proceso», indicó.
Añadió que «desde otro costado, los reproches de las partes hacia lo que consideraron yerros en la investigación, se plasmaron dentro de las vicisitudes que surgen del propio proceso penal, encaminándose en el derrotero que les acuerdan las normas impugnativas de procedimiento, más nunca, en aquellas que hacen referencia a la recusación o inhibición de éste Representante del Ministerio Público, pese a las ostensibles diferencias por todos conocidas».
«Sin embargo, puesta en sospecha mi imparcialidad con la interposición de una denuncia, circunstancias que desde ya niego pues ninguna circunstancia o motivo advierto que pueda poner en duda mi esfuerzo, mi compromiso con la verdad, ni la ecuanimidad que he dispensado a las partes en el tratamiento personal como jurídico dentro y fuera del proceso, lo cierto es que en miras a garantizar su total transparencia, me veo en la obligación de no seguir entendiendo en lo relacionado al homicidio de Nora Raquel Dalmasso, en la inteligencia que la denuncia presentada «objetiva una situación que podría colocar en riesgo mi imparcialidad» lo que me coloca en la causal de «violencia moral», que prevé el art. 60 inc. 12 del C.P.P., y que me impone inhibirme de seguir entendiendo en el proceso que tramitan por ante la Fiscalía a mi cargo. Por ello y normas legales citadas», enfatizó.
Finalmente, Di Santo resolvió: «Aartarme de entender en la causa caratulada “ACTUACIONES LABRADAS CON MOTIVO DEL HOMICIDIO EN QUE RESULTARE VICTIMA NORA DALMASSO” SAC 428332 de conformidad a lo establecido en los art. 78 en función del art. 60 inc. 12 del C.P.P. y remitir la presente al Sr. Juez de Control a los efectos que estime corresponder»