Desde el lunes rige la ley de «tolerancia cero»

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La normativa prevé un período de concientización y difusión por el término de 90 días corridos. Pasado ese período serán de plena aplicación las sanciones previstas en la Ley, para los casos en que se detecten tasas de alcoholemia superiores a cero gramos por litro de sangre.

tolerancia cero

A partir del próximo lunes 10 de marzo entra en vigencia la Ley provincial N° 10.181 de Alcohol Cero, según lo determinó la Provincia en el Boletín Oficial. La normativa prevé un período de concientización y difusión por el término de 90 días corridos.
Durante dicho lapso, constatadas las infracciones previstas en la Ley, se comunicará a los infractores la pena que les hubiera correspondido por sus respectivas faltas, quedando excepcionalmente, y por única vez, exentos de la aplicación de la sanción.
La normativa prevé que esta exención única rija exclusivamente para aquellas infracciones en las que se constante en el conductor una tasa de alcoholemia igual o inferior a 0,4 gramos por cada mil centímetros cúbicos de sangre.
Vencidos los 90 días corridos, serán de plena aplicación las sanciones previstas en la Ley para los casos en que se detecten tasas de alcoholemia superiores a cero gramos por litro de sangre.
Los controles de alcoholemia efectuados por las policías de tránsito consistirán en la verificación del aire espirado mediante alcoholímetros autorizados. El personal que practique este tipo de control está obligado a suministrar a cada conductor una boquilla esterilizada y descartable, dentro de envases inviolables.
Cabe destacar que esta normativa contempla la suspensión de la licencia de conducir y la inhabilitación del conductor, determinada por la autoridad de juzgamiento, con validez en todo el territorio nacional.
Por otra parte, el proyecto prevé también que las municipalidades y comunas que suscriban convenio con el ministerio de Gobierno y Seguridad para la realización de los controles de alcoholemia serán, dentro de sus radios urbanos y jurisdicciones, la autoridad competente para el juzgamiento de las faltas normadas en la materia en cuestión.

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