Entregan en el Concejo 1800 firmas para crear una peatonal

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El secretario de Obras Públicas, Fabricio Pedruzzi, rechazó la iniciativa y resaltó que el objetivo es mantener el proyecto centro, con el ensanche de veredas.

1.800  firmas  reunidas en Plaza Roca para tratar de convertir a la calle General Paz en una peatonal, serán entregadas antes del mediodía en el Concejo Deliberante.
La iniciativa es impulsada por el delegado local del Ministerio de Trabajo de la Nación, Franco Castaldi, quien propone generar un proyecto de ordenanza. Según señaló, en la peatonal de General Paz se sumaría la venta ambulante y espectáculos callejeros.
Para Castaldi, la propuesta no solo beneficiaría a los ambulantes, sino también al resto de los comerciantes.
El secretario de Obras Públicas, Fabricio Pedruzzi, rechazó la iniciativa y resaltó que el objetivo es mantener el proyecto centro, con el ensanche de veredas.

ENTREGA DE FIRMAS PEATONAL

Fundamentos

En los fundamentos, Castaldi señaló que “nuestra ciudad ha tenido un claro crecimiento poblacional, demostrable a través de los últimos censos poblacionales, como toda ciudad que crece debe adaptarse al cambio estructural y tener una planificación urbana acorde a dicho crecimiento y a la modernización de las mismas, esto indudablemente es responsabilidad del estado municipal, que al tomar conocimiento de su realidad modifica a través de las normas características que años atrás podían ser impensables”.
Este es el caso de Rio Cuarto, ciudad de veredas angostas, y un microcentro colapsado de peatones que en muchas ocasiones vemos caminar por la calle por estar totalmente cubiertas la veredas por personas realizando compras o mirando vidrieras, actualmente esto se ve de alguna manera como algo natural de un viernes o sábado por la tarde, sin haberse comprendido hasta ahora el peligro de un potencial accidente de algún peatón y la incomodidad generada por la sobre carga de las vías que se transitan”, señaló.
Añadió que “se Justifica la creación de un área peatonal para el libre tránsito de las personas en estos espacios o arterias claves donde se encuentran los comercios más concurridos, por lo que esta evolución urbana obliga a tomar la decisión al estado Municipal como cientos de municipios de este país lo han hecho, por las características propias y beneficios que traen aparejado las normas de zonificación y las tendencias de la arquitectura moderna y que contribuyen a la segmentación y división del espacio urbano”
“Las áreas urbanas padecen una serie de inconvenientes que las hacen poco seguras y desagradables, las calles ya no son para uso del peatón, lo que obliga al transeúnte a reprimirse, ocasionándole una serie de traumas como parte de la disección del espacio, el tráfico automotoracorrala a la gente en el poco e incómodo espacio que le queda.No hay duda que el movimiento de vehículos es una función muy importe dentro de la ciudad, pero también lo es la movilización de personas a pie, el peatón debe ser un foco de atención muy importante en las políticas de planificación urbanay es necesario reencontrar al hombre y la ciudad, en un ambiente y escala adecuados al primero”, aseveró.

Rechazo

Diego Cid, vicepresidente del CECIS, cuestionó la alternativa y adelantó que participarán de la discusión que se genere en el Concejo Deliberante.
“Me parece algo que no tiene coherencia. Solo busca beneficiar a un sector, no le vemos ningún sentido y afecta al resto de la sociedad”, indicó.
Cid sostuvo que “la cuestión urbanística merece de un debate porque necesitamos un reordenamiento pensando en el futuro y que se pueda superar el caos de tránsito”.
“De todos modos, no se puede partir de algo tan específico como la venta ambulante. El CECIS hizo un proyecto social consultando a todos. No es que los comerciantes pensemos solo en nosotros, pero no queremos parches que no sirven para nada”, opinó.
Desde el parlamento local, el concejal Humbero Benedetto manifestó que “es legítima la iniciativa popular de participación, pero hay que ser muy cuidadoso en el análisis de una peatonal”.
“Se debe evaluar el flujo de vehículos, la actividad comercial y los proyectos ya existentes, que incluyen la ampliación de veredas y la prohibición para estacionar”, explicó.
Benedetto consideró que “las puertas están abiertas para discutir la iniciativa y existe un diálogo con la venta ambulante con el objetivo de alcanzar un acuerdo”.
El edil precisó que “se requieren más de 3 mil firmas para tratar el proyecto y más de 6 mil para solicitar una consulta popular”.

Qué dice el proyecto

Artículo 1°: Crease el “área peatonal permanente” en el ámbito de la ciudad de Rio Cuarto.

Artículo 2°: Entiéndase por “área peatonal permanente” al corte de tránsito vehicular para la libre circulación de los peatones por la calle General Paz desde el cruce con calle Belgrano, hasta el cruce con calle Alsina, desde el horario por la mañana de 9:00 hs. hasta 14:00 hs. y por la tarde desde las 16:00 hs. hasta las 21 hs.

Artículo 3°: extiéndase el horario establecido en el artículo 2° de 9:00hs. a 24 hs. los días sábados, domingos, feriados y los días que la “comisión de ordenamiento comercial de la vía publica” establezca.

Artículo 4°: Permítase el cruce vehicular por las calles VelezSarfield, Rivadavia y Bolivar, para el cumplimiento de esta actividad, el Municipio De Rio Cuarto arbitrará todos los medios para garantizar la seguridad de los peatones y el normal tránsito.

AUTORIDAD DE APLICACIÓN

Artículo 5°: Crease en el ámbito de la estructura orgánica municipal la “comisión de ordenamiento comercial de la vía pública”de carácter permanente y ad-honorem para sus miembros.

Artículo 6°: La comisión de ordenamiento comercial de la víapública deberá integrarse por tres representantes del municipio, tres representantes de los comerciantes y tres representantes de los trabajadores de la vía pública, estos designado por cada uno de los sectores independientemente.

Artículo 7°: La comisión para el ordenamiento comercial de la vía pública tendrá las siguientes facultades:

a) Dictar su reglamento de trabajo.

b) Regular y/o modificar los horarios de apertura y cierre del área peatonal.

c) Establecer las condiciones de higiene y seguridad del área peatonal.

d) Dar en concesión los espacios de trabajo en puestos fijos y móviles.

e) Regular las actividades culturales en el área peatonal.

f) Solicitar inversiones o la gestión de las mismas al Estado Municipal para mejoras.

g) Establecer el orden, la organización y ubicación de los puestos fijos y móviles, tamaño y formas.

h) Solicitar el apoyo para el ordenamiento al EDECOM en los casos que sea necesaria su intervención por incumplimientos por partes de los usuarios.

DE LA REGULACIÓN DEL TRABAJO Y EL COMERCIO EN EL AREA PEATONAL

Artículo 8°: Crease el registro Municipal de los trabajadores comerciantes de la vía pública de Rio Cuarto.

Artículo 9°: El registro Municipal de los trabajadores comerciantes de la vía pública de Rio Cuarto estará bajo la dependencia de empleo o el organismo municipal relacionado al área de trabajo que se pueda crear a futuro.

Artículo 10°: Las categorías que debe distinguir el registro son:

a) Artesanos

b) Diseñadores independientes

c) Revendedores

d) Distribuidores

e) Pequeños productores de bienes y/o servicios

f) Personas jurídicas que realicen promoción de sus productos.

Artículo 11°: Permítase a los trabajadores pertenecientes al registro municipal de los trabajadores de la vía publica el ejercicio del comercio en el área peatonal, otorgándose por la comisión de ordenamiento comercial de la vía publica, un espacio laboral en la misma, con un orden de prioridad determinado por:

1°) Trabajadores con mayor antigüedad en la vía pública o recientemente erradicados.

2°) Discapacitados.

3°) Desocupados con cargas familiares.

4°) desocupados.

Artículo 12°: Los espacios de trabajo deben ser otorgados de forma personal, son intransferibles y revocables según lo determine la comisión de ordenamiento comercial de la vía pública.

Artículo 13°: Es obligatorio para poder ejercer el permiso de trabajo en el área peatonal:

a) El pago de la tasa municipal de comercio ambulante.

b) Tener inscripción en el monotributo en la categoría que corresponda.

c) Tener inscripción en rentas provincial si corresponde.

d) Tener al día libreta sanitaria.

e) No estar percibiendo ningún cobro o beneficio permanente por parte del estado municipal, provincial y/o nacional, de ninguna característica, exceptuándose para este requisito el cobro de la asignación universal por hijo del Estado Nacional.

Artículo 14°: La comisión de ordenamiento comercial de la vía pública determinará los beneficiarios según el orden de prioridad y necesidad que establezca el registro, pudiendo revocar las concesiones de espacios por las siguientes causales:

a) Abandono de puesto o no utilización por periodos mayores a un mes.

b) La Falta de higiene personal y ambiental.

c) El pedido de más de 5 comerciantes cercanos al puesto de ventas.

d) Por ejercer competencia desleal.

e) Vender productos y/o servicios de origen dudoso o ilegal.

f) No pagar la tasa municipal de comercio ambulante.

g) Falta de inscripción en afip.

DE LA TASA MUNICIPAL

Artículo 15°: Declárese la necesidad de crear la “tasa municipal de comercio ambulante”, con el objeto de igualar las condiciones entre los contribuyentes y establecer un valor al uso del espacio público municipal.

Artículo 16°:En caso de que el consejo deliberante por ordenanza de creación a la tasa municipal de comercio ambulante, el monto será de pago mensual y el valor fijado por la comisión de ordenamiento comercial de la vía publica, con vista al departamento ejecutivo municipal y refrendado por el consejo deliberante de la ciudad de Rio Cuarto.

Artículo 17°: La tasa municipal de comercio ambulante diferenciará en sus valores a las distintas categorías que serán ascendente en el siguiente orden:

a) Artesanos

b) Diseñadores independientes

c) Revendedores

d) Distribuidores

e) Pequeños productores de bienes y/o servicios

f) Personas jurídicas que realicen promoción de sus productos.

Artículo 18°: Los fondos que se recauden de la tasa

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