Condenan a un año y un mes de prisión a un padre que no asistía a cinco hijos

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Durante siete años un hombre omitió sus obligaciones de asistencia familiar, razón por la cual deberá trabajar en la cárcel y reparar así parte del daño causado y abonar parte de la cuota alimentaria.
La Justicia de Córdoba capital condenó a un año y un mes de prisión a un padre que no asistía a cinco hijos.
El fallo de la Jueza en lo Penal Juvenil de 7ª Nominación de la ciudad de Córdoba, Nora Giraudo, lo consideró responsable del delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar en forma continuada, entre febrero de 2007 y agosto de 2013, en perjuicio de cinco hijos (que tuvo con su ex esposa). Asimismo, la magistrada dispuso que, en la unidad carcelaria, se le brinde asistencia psicoterapéutica que le permita modificar “su posicionamiento subjetivo inmaduro y reflexionar sobre sus conductas”, de manera que “pueda asumir el rol paterno y todo los compromisos que éste conlleva”.
La jueza también determinó que el sujeto se incorpore al sistema educativo, para que pueda “concluir el ciclo escolar primario”, y que se capacite laboralmente para obtener un trabajo remunerado, con el fin de que pueda “reparar el daño causado y abonar la cuota alimentaria mínima e indispensable de todos sus hijos” (ocho en total- uno con su segunda pareja y dos con la tercera pareja). Fue fijada en 2.300 pesos, que deberá abonar mensualmente a los hijos por los cuales se hizo la denuncia penal, una vez que recupere la libertad. Para determinar el monto se tomó como parámetro el valor de la Asignación Universal por Hijo (460 pesos, por cada uno).
En la resolución, la jueza tuvo en cuenta la “actitud reticente” del imputado, que, en el marco de una causa previa que homologaron en el fuero de familia, impulsada por su exesposa, se había comprometido a abonar 300 pesos mensuales, cosa que “hizo en forma irregular” y, al embargársele el sueldo, renunció a su trabajo. Asimismo, había pedido la suspensión del juicio a prueba a fin de someterse a “mediación”. Le fue acordado el beneficio, que tuvo que ser revocado y declararse su “rebeldía”. Por ello, Giraudo consideró que “hacía lo que quería” y le era “indiferente el resultado dañoso de su comportamiento y sus consecuencias legales, las que conocía”.

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