La Corte Suprema resolvió que la Defensoría del Pueblo «no tiene legitimidad para litigar contra el Estado» y dejó sin efecto el amparo que frenaba el tarifazo del gas en Río Cuarto.
La Defensoría había planteado la presunta inconstitucionalidad de la medida impulsada por el gobierno nacional.
El defensor Guillermo De Riva señaló que «los riocuartenses podrían ahora individualmente hacer un reclamo».
De Rivas sotuvo que «no está confirmado cuando los vecinos deberán empezar a pagar el costo y tampoco queda claro que pasará con los montos descontados desde que el Juzgado Federal otorgó el amparo»
En julio de 2009, el juez Ochoa dio lugar al primer amparo en Río Cuarto contra la suba en la tarifa del gas. El magistrado obligaba a Ecogas a excluir el cobro de los aumentos derivados del decreto 2067/08.
La resolución también exigía a la entidad prestataria del servicio a abstenerse de proceder a cualquier interrupción del suministro de gas en el domicilio del accionante.
La decisión de Ochoa había sido ratificada por la Cámara Federal pero encontró el rechazo de la Corte.