«La vida de Yohana transcurre entre el desamparo y la marginalidad»

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Lo señaló en su resolución el fiscal Rivero. Consideró que la joven no cuenta con recursos «para ponerse en situación de fuga». Rivero consideró que el contagio fue «a sabiendas de encontrarse afectada por dicha enfermedad venérea»

 

«La vida de Yohana transcurre entre el aislamiento cultural, el desamparo y la marginalidad», expresó el fiscal Julio Rivero en la resolución que decidió la excarcelación de Yohana Devia, la joven acusada de homicidio por la muerte de su beba de 3 meses.
En su resolución, el fiscal recordó que la beba ingresó al Hospital «con un mal estado general, febril, dificultad respiratoria, cianosis fácil y pliegue cutáneo positivo, deshidratada, con edemas tumefactos en miembros superiores, en región de la articulación del codo y antebrazo, movilidad inestable».
Además, se advirtió que la pequeña sufría «fracturas patológicas a nivel de antebrazos con compromiso en cubito y radio».
El fiscal resaltó «el grave estado de salud de la menor, obedeció a la confirmación, luego de los análisis respectivos, de sífilis congénita, que Yohana Beatriz Devia transmitió a T.T.D, durante el embarazo».
Rivero consideró que el contagio fue «a sabiendas de encontrarse afectada por dicha enfermedad venérea y aceptando, a su vez, la posibilidad de contagiar a su hija y/o a terceras personas mediante un comportamiento despreocupado e irresponsable».
La gravedad del cuadro que presentara Thalia provocó su deceso el día 8 de agosto de 2.013, en el Nuevo Hospital San Antonio debido a “fallo multiorgánico, shock séptico, sífilis congénita”.
En relación a la detención de Yohana, el dictamen sostuvo que «las medidas de coerción no son un fin en sí mismas, sino un medio para garantizar la satisfacción de los fines del proceso; esto es, el descubrimiento de la verdad real y la efectiva aplicación de la ley penal sustantiva en el caso concreto»
«El único argumento válido existente para justificar el encarcelamiento preventivo del imputado radica en el temor fundado que su libertad causara un daño de tal magnitud que frustrará aquellos fines», opinó.

Vulnerabilidad

Rivero describió a la mamá como «una persona muy joven, de tan sólo veinte años de edad y vive en condiciones muy precarias en la zona de la ciudad conocida como “Cola de Pato”»
«Devia no posee antecedentes penales computables motivo por el cual no registra condena penal, ni declaración de rebeldía en proceso anterior.- Es así que, sin temor a equivocarnos, la vida de Yohana transcurre entre el aislamiento cultural, el desamparo, la marginalidad y vulnerabilidad social.  En consecuencia, a criterio del suscripto, si bien en un primer estadio de la investigación encuentra justificación la privación de la libertad (detención) de la encartada, tal situación ha variado sustancialmente: ha desaparecido o no se vislumbran indicios de riesgo o peligro procesal», argumentó el fiscal para determinar la excarcelación.
Rivero añadió que «su situación económica evidenciada en las constancias de la causa, de ninguna manera le facilitarían a Yohana Devia los recursos necesarios para ponerse en situación de fuga».
De todos modos, el fiscal le exigió a la mamá «fijar y mantener un domicilio del que no podrá ausentarse sin previa comunicación, permanecer a disposición de esta Fiscalía, debiendo concurrir a cada citación que se le formule, abstenerse de realizar cualquier acto que signifique obstaculizar la presente investigación, someterse a controles médicos en general y ginecológicos e infectológicos en particular relacionados a la patología detectada (sífilis) y a un tratamiento psicológico»

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