También a las empresas de cable e Internet. Comenzará a percibirse con las boletas de septiembre.
A través del Boletín Oficial de agosto, se publicó el decreto del intendente Juan Jure que ordena a las empresas telefónicas, de cable e internet, el cobro de la tasa municipal a partir del 1 de septiembre.
El decreto 103/12, del 16 de agosto de 2012, establece que «las empresas enunciadas en el presente artículo o las que las sustituyan en el futuro, como así también cualquier otra empresa que preste algunos de los servicios mencionados en las ordenanzas quedarán obligadas para actuar como agentes de percepción del Impuesto para la Financiación de la Obra Publica y el Desarrollo Regional (F.O.P.) y del Impuesto para el Desarrollo Institucional y Social F.O.D.I.S.)».
En el listado de firmas aparecen AMXARGENTINA S.A., TELECOMARGENTINA S.A., TELECOM PERSONAL S.A., TELEFONICAMOVILESARGENT. S.A, INTERCITY COMUNICACIONES S.A., NEXTEL COMMUNICATIONSARG. S.R.L., CABLEVISION S.A., FIBRA IMAGEN RIO CUARTO S.A. y DIRECTVARGENTINA S.A.
La resolución destacó que «el monto de la percepción se determinará aplicando sobre el importe de la factura neto de impuesto al valor agregado, la alícuota vigente en la Ordenanza Tarifaría Anual»
«En virtud a los dispuesto por la Ordenanza Nº 1505/12 se establece que los Agentes de Percepción deberán percibir sobre la facturación cuyo vencimiento opere a partir del 1 de septiembre de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012 en concepto de Impuesto Para el Financiamiento de la Obra Publica y el Desarrollo Local y Regional»
Las empresas solo podrán dejar de cobrar la tasa «por el cese definitivo de su actividad» ó «cuando la Secretaria de Economía así lo establezca».
«La Secretaría de Economía podrá disponer la prórroga para comenzar a actuar como agentes de percepción, a aquellas empresas que por algún problema relacionado únicamente con cuestiones de implementación en la facturación, soliciten un plazo prudencial», se indicó finalmente.