ANTICIPO TD – Las presentaciones fueron realizadas por 4 cabarets de Río Cuarto. Para Trebuqc, “se afecta el derecho a ejercer una actividad lícita” y no precisó si apelará el rechazo a la medida cautelar que busca evitar el cierre hasta que se resuelva el planteo de fondo.
La jueza en lo Civil de Sexta Nominación, doctora Mariana Martínez de Alonso, hizo lugar a los cuatro recursos de amparo presentados por propietarios de cabarets de Río Cuarto afectados por la Ley provincial Anti Trata.
De todos modos, rechazó las medidas cautelares por lo que los locales nocturnos permanecerán cerrados hasta que se resuelva la cuestión de fondo. Así lo precisó a TD Digital el abogado que asesora a los empresarios de la noche, el doctor Jerónimo Trebuqc.
El letrado cuestionó la constitucionalidad de la legislación provincial que comenzó a regir el pasado viernes y destacó que “la habilitación es solo para que funcionen como cabarets y no como prostíbulos”
Para Trebuqc, “se afecta el derecho a ejercer una actividad lícita” y no precisó si apelará el rechazo a la medida cautelar que busca evitar el cierre hasta que se resuelva el planteo de fondo.
La legislación
La nueva ley contra la trata prohíbe la instalación y el funcionamiento de establecimientos denominados whiskerías, cabarets, clubes nocturnos, boîtes o locales de alterne. Del mismo modo, obliga a la inmediata clausura de esos establecimientos desde el momento de vigencia de la ley.
Se contempla también una modificación al Código de Faltas (Libro II, Título I, Capítulo I, artículo 46 bis) para aquellas personas que contravengan esta ley especificando que “serán sancionados con arresto de hasta sesenta (60) días, no redimible por multa, quienes violen la prohibición dispuesta”.
El texto aprobado, que cuenta con 15 artículos, expresa además la obligación de resguardar los derechos de quienes ejercen la prostitución de manera voluntaria en todos los procedimientos que se realicen con motivo de la aplicación de esta ley.
Añade que cuando esas personas no puedan acreditar su identidad y domicilio, serán consideradas víctimas de la trata de personas y se les deberá brindar protección y contención, así como también a su entorno familiar. En ese sentido, la ley prevé la creación de una Comisión Provincial de Lucha contra la Trata de Personas y de Contención y Recuperación de Víctimas de la Explotación Sexual.
La normativa prevé además la obligación del estudio de todos los aspectos que hacen a la trata de personas y los medios de prevención mediante su incorporación como contenido curricular en las escuelas provinciales.
Finalmente, se hace una invitación expresa para que las municipalidades y comunas adhieran a las disposiciones de la Ley y en especial a derogar en las respectivas normativas municipales y comunales los tributos provenientes de los locales de alterne.
Establecimientos afectados
La nueva ley aclara que se entiende por whiskería, cabaret, club nocturno, boîte o establecimiento de alterne a todo lugar abierto al público o de acceso al público en donde se realicen, toleren, promocionen, regenteen, organicen o de cualquier modo se faciliten actos de prostitución u oferta sexual, cualquiera sea su tipo o modalidad.
A todos los locales de cualquier tipo abiertos al público o de acceso al público en donde los concurrentes y/o clientes traten con hombres y/o mujeres contratados para estimular el consumo o el gasto en su compañía.
A todo lugar en donde bajo cualquier forma, modalidad o denominación se facilite, realice, tolere, promocione, regentee, organice, desarrolle o se obtenga provecho de la explotación de la prostitución ajena, hayan prestado o no las personas explotadas y/o prostituidas y/o que se prostituyen, su consentimiento para ello.