Pese a la apelación, hasta que la Justicia se expida sobre el amparo, en los hospitales provinciales no se pueden realizar abortos no punibles tras un abuso sexual (sí en los casos en que peligra la salud de la madre).
La Provincia apeló ayer el fallo del juez en lo Civil de 30ª Nominación Federico Ossola, que suspendió la aplicación de la «Guía Provincial para el Aborto no Punible» en caso de violación, al hacer lugar a una medida cautelar presentada por la organización católica “Portal de Belén”.
La Guía había sido presentada por el Ministerio de Salud de la Provincia, tras conocerse el fallo de la Corte Suprema de la Nación sobre la cuestión.
Pese a la apelación, hasta que la Justicia se expida sobre el amparo, en los hospitales provinciales no se pueden realizar abortos no punibles tras un abuso sexual (sí en los casos en que peligra la salud de la madre), admitieron fuentes del Gobierno. La práctica se puede realizar en la Maternidad Nacional, donde no rige la cautelar de Portal de Belén. Claro que éste es un establecimiento arancelado, donde todas las prácticas médicas se pagan.
La apelación al fallo de Ossola fue presentada por la Procuraduría de la Provincia, y en líneas generales, cuestiona los fundamentos que da el juez para suspender la aplicación del protocolo. No discute la cuestión de fondo, es decir, la legalidad o no de los abortos en caso de violación.