El beneficio rige para quienes tengan que votar y para las autoridades de mesa. Afectará tanto a los servicios de modalidad regular común y diferencial.
Para acogerse al beneficio, la persona deberá presentar:
– Votantes:
DNI y dos fotocopias del documento donde conste el domicilio actualizado. Una fotocopia será entregada al solicitar el pasaje de ida y la otra al solicitar el pasaje de vuelta; en este último caso, también deberá exhibirse el comprobante troquelado entregado por la autoridad de la mesa donde sufragó.
– Autoridades de mesa:
DNI, telegrama oficial de designación y dos copias de dicha documentación. Un juego de fotocopias será entregado al solicitar el pasaje de ida y la otra al solicitar el pasaje de vuelta.
En ambos casos, quienes deban realizar trasbordo para llegar a destino, deberán contar con cuatro juegos de fotocopias y seguir la modalidad anteriormente descripta en cada lugar que soliciten el pasaje.
Cada unidad de transporte interurbano provincial destinará hasta el 50 por ciento de su capacidad al transporte gratuito de votantes y autoridades de mesa. El beneficio es válido para los servicios de modalidad regular común y diferencial.
En relación a las distancias a recorrer para el traslado de sufragantes y autoridades de mesa, se observarán las siguientes disposiciones:
Hasta una distancia de 250 kilómetros, se podrá viajar en forma gratuita únicamente el día 27 de octubre de 2019, desde la hora cero hasta las 24.
Para las distancias de más de 250 kilómetros, se podrá viajar gratuitamente desde la hora cero del día sábado 26 y hasta las 24 del domingo 27 de octubre de 2019.