Se aprobó la ley que fija multas de hasta 1.000 pesos para quienes cometan acoso sexual en lugares públicos. La iniciativa también contempla la realización de campañas de prevención.
El acoso sexual callejero que afecte la dignidad y el derecho a la integridad física o moral de las personas será penado con multas de hasta 1000 pesos, según una ley aprobada hoy por la Legislatura porteña, que también contempla la realización de campañas de prevención sobre el tema.
La iniciativa, del legislador Pablo Ferreyra y acompañada por el diputado Gabriel Fuks, tiene por objetivo «prevenir y sancionar el acoso sexual, producido en espacios públicos o de acceso público, en los que se hostigue, maltrate o intimide y que afecten en general la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de personas basados en su condición de género, identidad y orientación sexual».
El texto precisa que acoso sexual verbal o físico «es toda conducta unidireccional, física o verbal, producida por una o más personas en contra de personas, basado en su condición de género, identidad y orientación sexual que no desean o rechazan estas conductas por considerar que afecta sus derechos a la dignidad y a la integridad».