Cierre los domingos: Ante el debate legislativo, la Cámara de Comercio pidió «no generalizar»

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Desde la Cámara de Comercio sostienen que «el cierre de comercios los días domingo en pos del descanso de los empleados y la recuperación de otros valores, cuestiones que no se discuten conceptualmente, no es un tema simple de resolver».

La Legislatura Provincial analiza un pedido para volver a debatir el proyecto de Ley N º 12194/L/13 por el que se regula la no actividad comercial los días domingos y desde la Cámara de Cómercio de Cördoba solicitaron «abogar por un dialogo entre los distintos actores involucrados, a causa de los diferentes y variados intereses que se ponen en juego tras la posible implementación de tal normativa».
Horacio Busso, Presidente de la entidad, señaló “que el mejor camino para analizar los pro y contra de esta iniciativa, más allá de las sugerencias técnicas, es el del dialogo, el de la búsqueda de consensos, aquel que no va en detrimento de los intereses ajenos por defender los de un sector”.
Desde la entidad sostienen que «el cierre de comercios los días domingo en pos del descanso de los empleados y la recuperación de otros valores, cuestiones que no se discuten conceptualmente, no es un tema simple de resolver y mucho menos de generalizar para todo el mercado de comercio y servicios ya que son numerosas las variables que impactan no solo en el desarrollo del sector sino también en los propios empleados».
«Implicaría la posible reducción en el salario de algunos trabajadores, ya que el domingo se paga doble y se hacen horas extras, motivo por el cual algunos empleados eligen acudir a los establecimientos ese día y prestar servicios con el propósito de mejorar sus ingresos. Por consiguiente, una norma de esta índole podría generar múltiples conflictos de orden judicial por parte de quienes resulten potencialmente afectados por la restricción, solo por citar uno de los intereses en juego», subrayaron.
Dese la Cámara insistieron en que «se torna muy difícil aplicar un criterio para establecer las excepciones a la Ley, pudiendo interpretarse de diferentes maneras cuáles son los establecimientos que tienen como actividad el esparcimiento, los que intervienen en la actividad turística…etc y cuáles no».
«Es por ello que consideramos importante consensuar los artículos, lineamientos y tratamientos especiales de este proyecto entre todos los actores involucrados, respetando el alcance y la defensa de posiciones particulares y analizando, en un debate profundo, los beneficios y desventajas que acarrea la aplicación de una normativa semejante sector por sector y en cada territorio en particular», añadió Busso.
La Cámara presentó «diferentes iniciativas para la aplicación gradual y con particularidades específicas de esta Ley, tanto en relación a lo sectorial (rubros, tipos de comercio, formatos y superficies), como a lo territorial (zonas turísticas, de esparcimiento, regiones con actividades socio-culturales de interés general), y promueve, en este momento, la apertura a una negociación entre las partes con el fin de que la rentabilidad de algunos comercios no se vea en juego, como así tampoco el derecho de un trabajador a elegir y optar de acuerdo a su situación y preferencia».
«La entidad reafirma que en todos los casos y alcanzado un acuerdo, el régimen de trabajo para el personal en relación de dependencia de la actividad comercial o de servicio se deberá ajustar a las disposiciones de la legislación laboral vigente, sus reglamentaciones y los que en materia especifiquen las convenciones colectivas de trabajo», aseveraron.

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