A pedido de algunos integrantes, se postergó para el jueves la reunión del jurado de Enjuiciamiento que analiza desde hace varias semanas la posible admisión de la denuncia del fiscal General Alejandro Moyano contra el fiscal de Instrucción Walter Guzmán por graves irregularidades durante la investigación del caso Nicolás Sabena.
Aunque la medida no implica la apertura del jury contra el funcionario judicial riocuartense, significaría un paso procesal clave para que avance la denuncia.
Vilma Chiapello, legisladora riocuartense del Frente para la Victoria e integrante del jurado de Enjuiciamiento en la Unicameral, advirtió en diálogo con Telediario que «se deben cumplir todos los pasos procesales» y resaltó que están vedados los representantes del tribunal parlamentario a hacer comentarios sobre la causa mientras se resuelve el proceso de admisión de la denuncia.
Si se concreta ese primera instancia, se abrirá un periodo «de entre 30 y 60 días» donde serán notificados el fiscal Guzmán y los denunciantes. En ese tiempo, el jurado deberá definir si avanza con la apertura del jury de enjuiciamiento o desestima la presentación.
Columna Telediario, Pablo Callejón
Duras críticas
Para el fiscal General Alejandro Moyano, el fiscal de instrucción Walter Guzmán «maltrató» a Rosa Sabena y cometió graves irregularidades en la investigación por la desaparición de Nicolás. Así lo señala en la denuncia presentada ante el Jurado de Enjuiciamiento a la que tuvo acceso TD Digital.
«Cabe señalar que el reproche que aquí se hace no apunta al mérito que hizo de la prueba, sino al desempeño de su cargo al llevar adelante la investigación», señaló Moyano.
El fisal General resaltó que «si Rosa Sabena no hubiera emprendido el reclamo por la falta o deficiente investigación sobre la desaparición de su hijo, es muy probable que el Fiscal Guzmán hubiera mantenido la convicción que tenía, y que le manifestó textualmente al Fiscal Medina: «… que había agotado la pista relacionada a los Vargas… y que inclusive era posible que al joven lo hubiese asesinado el padre..»
Para Moyano, hubo «lesión a los derechos de la querellante particular» e «irregularidades e inobservancias técnico procesales.
«Segun la denunciante -Rosa Sabena- el Fiscal Walter Guzmán nunca atendió sus reclamos. Por el contrario, desde el inicio los menospreció. En tal sentido, Sabena relató que estuvo seis horas sentada en la Unidad Judicial, insistiendo en que le tomaran la denuncia, porque se negaban a hacerlo argumentando que se trataba de una desaparición voluntaria. Iniciadas las actuaciones y comenzada la búsqueda de Nicolás, el Fiscal Guzmán seguía convencido de que se trataba de una desaparición voluntaria, y posteriormente comenzó a considerar otras hipótesis criminales, que llegaron a tener al padre de Nicolás como presunto autor de la desaparición», advirtió.
Agregó que «estas manifestaciones, motivaron que el Fiscal General de entonces, Darío Vezzaro designara un Director para la investigación: el doctor Jorge Medina».
«Maltrato y desprecio»
En su dencuncia surge un dato estremecedor ligado al informe de la Oficina de Derechos Humanos y Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba que da cuenta de las circunstancias padecidas por Sabena: «la extensa demora en recibirle la denuncia,la información que publicaba la Fiscalía en distintos medios de comunicación, violando el derecho a la intimidad de las personas -por ejemplo: Nicolás Sabena era adicto a las drogas, homosexual, que era un auto-secuestro, etc-; publicaciones periodísticas donde constan manifestaciones de la Fiscalía diciendo que «los Vargas no eran sospechosos», la insistencia que tenía que poner la mujer para que se tomaran medidas procesales, el maltrato recibido por parte de los funcionarios que incluyó agresiones verbales y de desprecio hacia ella, su hijo y su familia»
Moyano también cuestionó que Guzmán le haya enviado a Rosa una carta documento para que no lo cuestionara públicamente. «El Fiscal Guzmán esgrimió esa razón -entre otras- como fundamento para apartarse de la investigación».
«Esta conducta, además de ser levisa de los legítimos derechos del querellante particular, no se corresponde con el desempeño que debe esperarse de un Funcionario del Ministerio Público Fiscal, toda vez que está obligado a respetar la libertad de opinión de todo ciudadano -sea o no parte en el proceso-, y sólo debe expresase en relación a las investigaciones que conduce, por las vías procesales corespondientes y adecuadas», subrayó.
El fiscal General resaltó que «evidentemente el maltrato que le daba el doctor Guzmán a Sabena también era advertido por sus superiores».
«En definitiva, las actitudes del Fiscal para con la denunciante Rosa Flores de Sabena, no se condicen con el desempeño que es exigible a un Funcionario del Ministerio Público Fiscal», sentenció.
Irregularidades
Entre las irreuglaridades técnico procesales se suman los avisos a los Vargas previo a los allanamientos y rastrillajes: «La gravedad de esta conducta es inusitada».
«Por más nobel o inexperto que sea un investigador, es una norma de práctica común, de lógica diaria y de experiencia de vida que si se practica un allanamiento en un lugar, se hace justamente para ingresar al domicilio por sorpresa, a fin de procurar el éxito de la búsqueda».
«Si le avisa al presunto sospechado o investigado es prácticamente imposible suponer que éste dejará las pruebas que lo incriminan al alcance de quienes realizará el allanamiento. La sorpresa es un factor fundamental e imprescindible en este tipo de procedimientos. Avisar con anterioridad a su realización es, como hipótesis de mínima, una clara muestra de mal desempeño, y como hipótesis de máxima la comisión de un delito», argumentó.
También enumeró Moyano una serie de incumplimientos de normas procesales por parte del fiscal Guzmán y resaltó que «las conductas reprochadas, tanto la lesión de derechos del querellante particular, como las irregularidades e inobservancias técnico procesales, no obedecen a un excesivo rigorismo o formalidad, sino que constituyen una conducta del Fiscal que debe ser analizada bajo la lupa del mal desempeño previsto en la Constitución Provincial»