Gutiérrez: «Es una aberración detener a alguien por portación de rostro»

0
Compartir

Nuevo Código de Convivencia
Carlos Gutiérrez: «Es una aberración detener a alguien por portación de rostro»

Presentaron nota

Organizaciones de DDHH presentaron en la UR9 una nota pidiendo audiencia con el comisario Mayor Oscar Zuin en su calidad de Jefe de la Departamental Río Cuarto.

«Semanas atrás difundimos un comunicado en repudio al mensaje con todo amenazante que le hicieron llegar miembros de la policía a Jorgelina Cocco tras la demora de uno de sus hijos, cuya edad es de 16 años. Recientemente, el Supremo Tribunal de Justicia de la Provincia ordenó a la Justicia de Río Cuarto que deje sin efecto una sentencia aplicada el año pasado a Valdemar (hijo de Jorgelina detenido más de 20 veces)» indicaron desde las organizaciones en un comunicado.
Agregaron que «días después de esa buena noticia fue detenido, esposado y golpeado su hijo más chico».
«En dos oportunidades fue demorado por la policía su hijo mayor, Juan. Entendemos que ya estamos en presencia de una persecución hacia la compañera que resulta alarmante ante la criminalización de la protesta y amedrentamiento creciente que sufren militantes y organismos de derechos humanos», manifestaron.
En el escrito, resaltarón además que: «La situación de persecución es desesperante e innegable, porque día tras día avanza sobre nuevos integrantes de su familia. Los invitamos a todos a acompañarnos. Además, el día viernes 1/abril será épico también en tanto que entrará en vigencia el Código de Convivencia Ciudadana, en reemplazo del Código de Faltas. Normativa que continúa vulnerando los mismos derechos que su antecesor».
«Por ello, también entregaremos la nota por pedido de cantidad de detenciones por el sistema contravencional, por cuanto el año pasado el Juez de Control, Dr. Daniel Muñoz, nos remitió vía nota formal, a solicitar los datos a la dependencia policial», subrayaron.

El caso Valdemar Puebla y el nuevo Código

Fallo y reclamo

El Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Río Cuarto dio a conocer un escrito donde expresó: “el 17 de Marzo de 2016 recibimos con satisfacción la noticia del fallo dictado por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Córdoba respecto de la causa por impugnación del procedimiento de detención sistemática, ilegal y reiterada a un joven de la ciudad de Río Cuarto (Valdemar Puebla Cocco). La impugnación fue promovida por los abogados Enrique Novo y Gonzalo García a solicitud y con el respaldo del Observatorio de DDHH-UNRC”.
Expresa el escrito que “consideramos que el resultado fue más que grato ya que si bien quedan muchas cosas para cambiar del nefasto Código de Faltas, por ejemplo la figura del merodeo, esta reciente resolución del máximo tribunal cordobés implica que cuando se requiera el control judicial sobre la detención de un pibe, el Juez debe inmediatamente citarlo y llevarlo con él, es decir, se lo debe sacar de la comisaria y debe acudir al juez judicial no al comisario, al juez de faltas o ayudante fiscal. Ya no será posible ninguna otra interpretación del procedimiento al respecto”.
Agrega que “esta interpretación y aplicación que el Superior Tribunal hace en el fallo, por lo menos (y si el fallo se da a conocer bien en la provincia) servirá para que los jueces se vean obligados – bajo apercibimiento de que se le declaren nulos sus fallos y procedimientos- a sacar a los pibes de las comisarías para escucharlos con sus abogados defensores”.
El en otro tramo el escrito del Observatorio de DDHH dice: “Recordemos que ahora deberá el Estado aportar abogados gratis para los jóvenes que no cuenten con uno. Para reforzar esta medida y darle continuidad a nuestro posicionamiento, desde el Observatorio de DDHH-UNRC se elevará una presentación ante la Superintendencia de los tribunales locales solicitando la apertura, en Tribunales, de una Mesa de Entradas para estos pedidos – y que exista un abogado estatal- todos los días, incluidos los sábados y domingos”.
“Esperamos que este aporte contribuya a poner fin a las detenciones ilegales con procedimientos abusivos y represivos que violan derechos fundamentales” concluye el informe del Observatorio de Derechos Humanos-UNRC.

Las claves del nuevo Código

* En el artículo 20 de la nueva ley se establece que el infractor puede nombrar un abogado de su confianza. En caso de carecer, el ayudante fiscal le designará uno de oficio o en su caso, un asesor letrado especial.

* El Código establece en 18 años la edad de imputabilidad. Eso significa que quienes todavía no cuenten con esa edad no podrán ser perseguidos por el Código de Convivencia.

* Se sigue criminalizando al merodeo en zona rural y se eliminó el merodeo en zona urbana. Sin embargo, se agrega otra figura vaga que es la conducta sospechosa. ¿Cuándo una conducta es sospechosa para el nuevo Código? Cuando una persona se encuentre:
a) Escalando cercas, verjas, tapias o techos o mostrando signos de haberlo hecho o intentando hacerlo;
b) Manipulando o violentando picaportes, cerraduras, puertas, ventanas o ventanillas;
c) Portando herramientas o elementos capaces de ser utilizados para violentar cerraduras, puertas, ventanas o ventanillas;
d) Circulando en vehículos o motovehículos sin la identificación correspondiente
e) Persiguiendo de una manera persistente y ostensible a un transeúnte sin una razón atendible.
Creemos que este es uno de los peores artículos del nuevo código, pues los incisos a y b ya se encuentran tipificados como delito en el Código penal, y las otras conductas no debieran castigarse. ¿Qué va a suceder con un cerrajero que porta elementos para abrir puertas? ¿Corresponde que una persona vaya presa por no tener chapa patente su automóvil? ¿Cuál será la razón atendible para perseguir a una persona? ¿Estar enamorado?

*Luego de más de 150 años en que la mendicidad se castigara, se eliminó del elenco de contravenciones.

* El proyecto conservaba el castigo para aquellos que beban alcohol en la vía pública y no lo hagan en bares habilitados. Finalmente, el nuevo código derogó esta figura y ya no será contravención beber en la vía pública, tal como sucede en el resto del país (aunque sí lo será, encontrarse ebrio)

* Se eliminó la contravención por quemar caucho.

* En el interior los Jueces de Paz quienes se encargarán de dar las directivas ante un contraventor y juzgarán su conducta. En Río Cuarto lo hará el ayudante fiscal.

* El nuevo Código de Convivencia plantea un avance limitando a ocho horas la detención preventiva contada desde el mismo momento de la aprehensión que realiza el policía. Será función de los defensores y también de los ayudantes fiscales hacer que este plazo se cumpla, incluso en días y horarios inhábiles.

Commentarios

commentarios

Compartir