El juez de Control Daniel Muñóz consideró nulo el planteo de elevación a juicio del fiscal Walter Guzmán en la causa por la muerte de la joven Soledad Correa, frente al puesto de la Caminera de Holmberg.
Para el magistrado, «el contenido de la acusación debe ser sobretodo precisa y circunstanciada, requisito que no se observa cumplido en esta instancia».
«Es que no se ha detallado en que consistió la intervención de cada imputado en el hecho atribuido, extremo que se proyecta negativamente al desconocimiento acerca de las conductas atribuidas que devienen relevantes para la calificación legal que se adopta. Al no incorporarse precisiones sobre el compromiso particular que implica la violación a las condiciones exigidas por la Dirección de Policía Caminera, aquella vaguedad sobre el señalamiento personal impide caracterizar las subjetividad que involucra la calificación legal en razón de la indeterminación de las motivaciones o finalidades que deben ordenarse desde la culpabilidad para definir la relación causal con el resultado dañoso», señaló.
Tras la resolución del juez, a la que accedió TD Digital, la madre de Soledad, Rosario Murúa confió en que superados «los inconvenientes formales, la causa pueda ser elevada a juicio definitivamente».
El hecho
El fiscal de Instrucción Walter Guzmán había señalado en su resolución que el 5 de mayo de 2013, a las 19:30 horas aproximadamente, Orlando Darío Bildoza, Cristian Ariel Giannini y Facundo Hernán Gómez, quienes se encontraban prestando servicios en el Puesto Caminero de la Localidad de Holmberg, se dispusieron a instalar un control vehicular.
«A tales fines, los imputados habrían colocado – en forma negligente – un solo cono de señalizacón y un móvil policial estacionado en la banquina izquierda de dicha Ruta (sentido sur – norte), elementos insuficientes para alertar a los conductores sobre la presencia del Control», precisó Guzmán.
Añadió que, «en esas circunstancias, además de la insuficiente señalización del Puesto de Control, uno de los encartados, no identificado aún por la instrucción y que se encontraba en la banquina y de manera intempestiva, blandiendo una varita lumínica y sin advertir que por las circunstancias del tránsito su conducta iba a ser riesgosa para terceros, se dirigió a pasos agigantados hacia la carpeta asfáltica con intenciones de advertir a los ocupantes de una motocicleta que circulaba por dicha Ruta, que detuvieran su marcha».
«Ante la sorpresiva manifestación del oficial, los ocupantes del motovehículo marca Honda Wave, Enzo Gabriel Moreira y Soledad Correa que se conducían en sentido de circulación sur – norte, detuvieron su marcha por completo; por lo cual, el camión que venía detrás, conducido por José Alberto Mores, haciéndolo a una velocidad no reglamentaria y manteniendo una distancia menor a la permitida… debió efectuar una maniobra de esquive, que consistió en un frenado y cambio de dirección hacia la derecha accediendo de esta forma a la banquina, donde detuvo su marcha a cero».
«Con esta maniobra el conductor del camión habría impactado con el acoplado a la motocicleta. Producto del siniestro, Soledad Correa sufrió politraumatismos que le produjeron su fallecimiento y Enzo Gabriel Moreira sufrió fractura de tibia y peroné de pierna derecha que le demandaron cuarenta días de curación e inhabilitación laboral», precisó.