Viviana Pomiglio criticó el proyecto de ley que busca penalizar a los clientes de la prostitución. Señaló que se va profundizar la actividad clandestina y que «nuevamente, terminan afectando a las propias mujeres»
La legisladora provincial Amelia Chiófalo (Unión por Córdoba), ex secretaria de Lucha contra la Trata de la Provincia, presentó un proyecto de ley que penaliza al cliente de la prostitución.
La concejala y militante de organizaciones feministas, Viviana Pomiglio, criticó el proyecto de ley que busca penalizar a los clientes de la prostitución.
En diálogo con Telediario, señaló que se va profundizar la actividad clandestina y que «nuevamente, terminan afectando a las propias mujeres»
«Es un claro fracaso de la decisión provincial de cerrar los cabarets y wiskerias. Si esto hubiera funcionado en la dimensión que se planteó en el lanzamiento marketinero, no sería necesaria esta medida», enfatizó.
Pomiglio dijo que «se necesita sancionar al prostituyente, es decir, al que lucra con la explotación sexual».
«No es penable el ejercicio de la prostitución. El acuerdo entre un hombre y una mujer en una instancia privada no está penada. Este proyecto que -impulsa Chiófalo- es inaplicable y busca esconder el problema», enfatizó.
El proyecto
En su artículo 1, el proyecto deroga el artículo 45 del Código de Faltas provincial, que persigue la “prostitución escandalosa”. Según Chiófalo, se deroga dicho artículo porque ahora se pone el foco en quien paga por el servicio sexual, con lo cual “dinamiza un negocio que está atravesado por la trata de personas”.
En el artículo 2, la iniciativa contempla multas y hasta quince días de trabajo comunitario, más una “instrucción especial sobre la comisión del delito de trata de personas”, a quien “entregare una suma de dinero, o cualquier otra cosa o actividad apreciable en dinero, para hacer un uso sexual de otra persona, mediare su consentimiento o no”. Es decir, al cliente que solicita un servicio sexual de cualquier tipo.
El proyecto avanza también en casos donde el beneficiario del pago sea “un tercero”, o sea, un proxeneta o quien “regentee” al prostituido. “Lo dispuesto en el párrafo anterior es aplicable también en el caso de que el pago del dinero o la entrega de la cosa apreciable en dinero o beneficio sea realizado por o para un tercero”, señala la inicitiva.
Por otra parte, en caso de reincidencia, o si el cliente es miembro de una fuerza de seguridad o fuerza armada, la ley prevé arresto.
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