También fueron liberados dos ex funcionarios porteños y un colaborador de Omar Chabán, propietario del boliche República de Cromañon en cuyo incendio murieron 194 personas, en diciembre de 2004.
Fuente Infojus – Cinco músicos de la banda Callejeros recuperaron anoche su libertad. También fueron excarcelados Raúl Villareal, hombre de confianza del Omar Chabán, propietario del boliche República de Cromagnon y a dos ex funcionarios de porteños. Fue luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispusiera la revisión de las condenas dictadas en su contra, por el incendio que provocó la muerte de 194 personas en diciembre de 2004.
Después de las 20 salieron del Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza el ex líder de la banda, Patricio «Pato» Santos Fontanet, el ex saxofonista Juan Alberto Carbone, el bajista Christian Eleazar Torrejón y los ex guitarristas Maximiliano Djerfy y Elio Rodrigo Delgado. En la puerta del penal los esperaban familiares y fans de la banda. Los músicos salieron y se retiraron por separado.
Fontanet, salió hacia la provincia de Córdoba, adonde se había radicado antes de ser detenido, en diciembre de 2012.
Carbone fue el único que habló con la prensa y dijo que los 20 meses que estuvo en la cárcel fueron «durísimos» y que siente una «enorme emoción» por haber recuperado la libertad.
Las excarcelaciones fueron ordenadas en la tarde de ayer por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 24, después de que el máximo tribunal hiciera lugar a los recursos de que queja presentados por las defensas de los imputados y se ordenara la revisión de las condenas en la Cámara Federal de Casación Penal.
Los jueces Marcelo Alvero, María Cecilia Maiza y Raúl Llanos, también excarcelaron a Villarreal, que era el encargado del local bailable de Once, a la ex subsecretaria de Control Comunal Fabiana Fiszbin y al ex director adjunto del área, Gustavo Torres.
En el caso del ex baterista Eduardo Vázquez, si bien se hizo lugar al recurso de su defensa, continuará preso porque cumple prisión perpetua por el homicidio de su esposa, Wanda Taddei, ocurrido en 2010.
El ex escenógrafo Daniel Cardell gozaba de libertad condicional desde el 16 de agosto de 2013, mientras que el ex manager Diego Argañaraz continuará preso porque el recurso de su defensa aún está en trámite en la Corte Suprema.
Los jueces dejaron sin efecto la prisión domiciliaria de la que era beneficiaria la ex directora de Control Comunal Ana María Fernández por ser madre de un bebé y también dispusieron su libertad.
A todos los condenados se les impusieron como reglas la prohibición de salida del país, fijar domicilio, no pudiendo ausentarse del mismo por un plazo mayor de 24 horas sin previa autorización y comparecer semanalmente ante la secretaría del tribunal.
Los músicos habían sido absueltos tras el juicio oral en el año 2009, pero tres años más tarde la Sala III de Casación los condenó y aplicó penas diferentes a los procesados.
En el fallo de ayer, que fue firmado por los jueces de la Corte Elena Highton de Nolasco, Raúl Zaffaroni, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, se ordenó la revisión de las sentencias al aplicar el llamado «doble conforme», el derecho a que una condena sea revisada en otra instancia.
«Este fallo alcanza a todos los integrantes de la banda, que en el juicio fueron absueltos y luego condenados. La Corte decidió que en virtud de una disposición de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (los músicos) deben tener una revisión de la sentencia y una nueva condena», explicó a la agencia Télam Marcelo Brito, abogado de los músicos.
Respecto del principal imputado en la causa, el ex gerenciador de Cromañón Omar Chabán, y el ex subcomisario Carlos Díaz, que debía controlar la zona donde estaba el boliche, la Corte rechazó por «inadmisibles» los recursos presentados por sus defensas, de modo que el tribunal oral declaró «firmes» sus condenas.
Según el fallo, «la sentencia condenatoria dispuesta por la Sala III de la CFCP ha perdido vigencia en relación a los imputados a quienes se les hizo lugar al recurso extraordinario, hasta tanto sea revisada por otra sala de ese mismo tribunal de casación».
«De modo que, dada la naturaleza suspensiva de los recursos en trámite, corresponde retrotraer la situación procesal ambulatoria de esos condenados por sentencia no firme a la que gozaban hasta el 20 de diciembre de 2012», agrega la resolución.