La norma indica que “todo grupo de dos o más personas que pretenda ingresar a un local de diversión nocturna deberá designar de entre sus miembros un conductor designado»
La Legislatura de Córdoba aprobóla ley de Tolerancia Cero y creó la figura del «conductor designado» para ciruclar por las rutas de la provincia.
La norma modifica la Ley de Tránsito 8.560 y baja el nivel máximo de alcohol en sangre para los conductores de automóviles de 0,4 a cero gramo por litro de sangre.
Esta normativa ya fijaba en cero el valor para los conductores de motos, taxis, camiones que transportan productos peligrosos y colectivos.
Por el momento, el nuevo valor solo regirá para las rutas que están bajo control de la Policía Caminera. En la ciudad de Córdoba el valor sigue siendo 0,4, según la ordenanza. La ley provincial invita a los municipios a que se adhieran a la nueva legislación.
La normativa también le da un marco jurídico a la figura del conductor designado. Regirá en todos los locales de diversión nocturna de la provincia.
La norma indica que “todo grupo de dos o más personas que pretenda ingresar a un local de diversión nocturna deberá designar de entre sus miembros un conductor designado, quien deberá prestar expresa conformidad a tal fin; no pudiendo ingresar al establecimiento sin cumplimentar con este requisito”.
El conductor designado deberá ser identificado con algún método e ingresará sin cargo al establecimiento. Obviamente no podrá tomar bebidas alcohólicas. Sus datos personales “serán consignados en el registro que cada establecimiento deberá llevar a tal fin, y le será retenida la licencia de conducir hasta su egreso del local”.
De no cumplir con esta norma, el conductor designado será sancionado con inhabilitación de hasta seis meses. También prevé una sanción para el establecimiento nocturno que haya infringido con esta regla.
Las modificaciones comenzarán a regir desde el 10 de marzo próximo luego de una campaña de concientización.
Foto: La Voz del Interior