Vendedores aseguran que hay confusión con la prohibición, pero seguirán en las calles

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Señalan que «no queda claro quienes se quedan y quienes se van».  Afirman que habría una contradicción entre el alcance de la norma y las decisiones políticas.

 

A partir de hoy el municipio deberá comenzar a prohibir la venta callejera en la ciudad, tal como lo determina la ordenanza 1104/11 y su decreto reglamentario, aunque para los vendedores existe «confusión sobre los alcances de la medida».
Según subraya la normativa, se prohíbe «la realización de actividades comerciales en la vía pública en puestos fijos, semifijos o con instalaciones desmontables, con excepción de los puestos de quioscos de diarios y revistas».
Sin embargo, en conferencia de prensa el municipio aseguró que la medida inhibitoria no alcanza «a quienes comercializan productos “de verdad” en forma ambulante».
En ese listado se incluye «a aquellos que mediante un móvil -carro, bicicleta, moto, etc.- o a pie recorren espacios ofreciendo diferentes productos como flores, café, verduras, helados, panificaciones, ropa, artesanías, etc.-»
La situación generó una polémica a partir del temor de los familiares de un vendedor de praliné que desde hace años ocupa el mismo espacio y se convirtió en una postal tradicional del microcentro de la ciudad.
El intendente Juan Jure aseguró que está incluido entre quienes no serán erradicados. La definición surge de la interpretación municipal sobre la ordenanza promulgada el 15 de junio de 2011 y no por el dictamen de la legislación local.
¿En qué se diferencia para el ordenamiento de la vía pública un puesto que desde hace años permanece en una esquina, venda praliné ó ropa? ¿Cambia la situación si el puesto es desmontable ó se traslada con rueditas? La respuesta parece estar ligada a la decisión política.

Divididos

En la ciudad están los vendedores de la feria Ambulante, del Progreso y del Viejo Mercado. Además, aparece el sector más duro de las calles y los denominados históricos, que ocupan esquinas de la ciudad desde hace más de 20 años.
El último grupo es el más reducido, aunque logró consolidarse como una postal habitual que les permitió obtener un permiso municipal.
La autorización habría quedado obsoleta tras la aprobación de la nueva ordenanza, pero los afectados consideran que alcanzaron un derecho adquirido y se niegan a negociar sus puestos.
«Acá vino gente de afuera y ni siquiera pidieron permiso. Nosotros siempre hemos sido respetuosos en tantos años de trabajo. El lunes voy a venir, aunque no se que va a pasar. Espero que el intendente se ponga una mano en el corazón y nos deje trabajar», resaltó Morales, uno de los históricos.
Los vendedores que ganaron la calle y se multiplicaron en los últimos meses aparecen como el bloque más duro en la negociación. No solo recurrieron a la Justicia sino que amenazan con fuertes protestas.  Sin embargo, aquí también hay divisiones y hay quienes no se sienten representados por el sindicato SIVARA.
«El paro y la bulla es la única forma en que los funcionarios escuchan. El invierno fue muy duro y ahora que empieza la temporada linda nos quieren sacar», resaltó uno de los implicados.
En la Feria del Progreso se advierte la principal postal de lo que fueron las políticas oficiales para el sector. De 31 locales, entre 6 y 8 abren diariamente y algunos utilizan los boxes como depósitos para vender en la calle.
«Lo que han dejado acá, así ha quedado. Cuando nosotros ingresamos nos dijeron que en 3  ó 4 meses se iba a aplicar la ordenanza pero muchos siguen en las calles. Nosotros tenemos más mercadería que los puestos ambulantes pero cayeron las ventas en la galería», resaltó Pablo, uno de los pioneros de la experiencia.
Otra experiencia municipal fueron las ferias ambulantes que comenzaron ayer en Alberdi y hoy se extendieron en la Plaza de Gaudard al 1.500. Allí confluyen quienes trabajan las quintas, artesanos y vendedores de comida que los fines de semana recorren el río.
«Voy caminando por las costas y ahora me sumé a esta feria con tejidos y comida. La gente viene a mirar la mercadería y los precios, pero falta que se instale», señaló una de las beneficiarias del programa.
Finalmente, la imagen más desoladora surge del paseo frente al Viejo Mercado, donde se radicaron los vendedores que ocupaban Plaza Olmos. Aunque hoy se vivió una jornada primaveral, con más de 35 grados, el lugar permaneció casi vacío de clientes.
«Se que los vendedores están acostumbrados a estar en el centro porque se vende, pero a nosotros se perjudica. La gente no pasa por acá y tenemos cero venta. Si esto no mejora nos vamos», subrayó Richard, quien pidió «unificar los esfuerzos».

 Qué dice la Ley

O R D E N A N Z A 1104/11
Sancionada el 10/06/2011
Promulgada el 15/06/2011
Decreto de Promulgación N° 2951
ARTICULO 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal la elaboración y ejecución, a través de la Subsecretaría de Empleo y Microemprendimientos, de un programa de relocalización de las actividades comerciales que se desarrollan actualmente en la vía pública en puestos fijos, semifijos o con instalaciones desmontables, estableciendo plazos, etapas y sectores a los fines de la reubicación de las mismas atento al Decreto Reglamentario a realizar por el Departamento Ejecutivo Municipal a
tal efecto.
ARTICULO 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento del programa referido en el artículo anterior serán imputados a la Partida Presupuestaria 0702.02 asignada en el Presupuesto de Gastos vigente de la Secretaría de Desarrollo Social.
ARTICULO 3º.- Establécese la obligatoriedad por parte del Departamento Ejecutivo Municipal para que a medida que se acuerde con cada uno de los vendedores denominados “ambulantes” respecto a su aceptación de traslado a la denominada “Feria El Progreso” o a la relocalización de sus puestos de venta a otros lugares de la ciudad, informe en forma fehaciente a este Concejo, el  acuerdo logrado, el monto de cada crédito otorgado, si lo hubiere, y los datos personales de cada uno de los interesados firmantes del convenio.
ARTICULO 4º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a autorizar, con carácter transitorio, la localización de ferias que involucren el  agrupamiento de puestos de venta en la vía pública, y a reglamentar esa actividad.
ARTICULO 5º.- Prohíbase en toda la jurisdicción de la Ciudad de Río Cuarto, a partir de la ejecución de las etapas y modalidades establecidas en el Decreto  Reglamentario a realizar por el Departamento Ejecutivo Municipal indicado en el artículo 1° de la presente, la realización de actividades comerciales en la vía pública en puestos fijos, semifijos o con instalaciones desmontables, con excepción de los puestos de quioscos de diarios y revistas previstos en la
Ordenanza N° 647/86.
ARTICULO 6º.- La violación de la prohibición establecida en el artículo  anterior será sancionada de conformidad con las prescripciones de los  artículos 77° y 78° del Código de Faltas Municipal (Ordenanza N° 268/85).
ARTICULO 7º.- Derógase toda disposición que se oponga a la presente, como así también el Decreto N° 147/96.
ARTICULO 8º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

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