La Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) brinda una serie de recomendaciones para el correcto uso de suplementos dietarios, con el objetivo de utilizar de manera responsable productos que contienen nutrientes tales como proteínas, lípidos, aminoácidos, glúcidos, carbohidratos, vitaminas, minerales, fibras dietarias y hierbas en personas sanas que tienen necesidades dietarias básicas no satisfechas o mayores a las habituales.
Los suplementos dietarios son productos que acompañan la dieta de las personas a través de la incorporación de determinados nutrientes. «Cabe aclarar que estos productos están destinados a personas sanas, por lo tanto no deben confundirse con medicamentos, ni tampoco consumirse con la esperanza de curar o tratar alguna dolencia», explicó Andrea Mosser, jefa del Servicio de Alimentos Especiales del Instituto Nacional de Alimentos.
¿Qué debe contener el rotulado de un producto dietario?
Los suplementos dietarios se presentan en el mercado en comprimidos, cápsulas, tabletas, líquidos o polvos y, en el rótulo, debe indicarse claramente el tipo de producto del que se trata, que aporta determinados nutrientes. Además, deben aparecer los siguientes datos:
– Marca y/nombre comercial del producto.Denominación que indique que el producto es un suplemento dietario.Listado de ingredientes completo (incluye los aditivos).Información nutricional por porción o ingesta diaria recomendada por el fabricante.Nombre y domicilio del elaborador/importador.Número de Registro de establecimiento (RNE) elaborador o importador otorgado por al autoridad sanitaria.Fecha de vencimiento.Número de loteIngesta diaria recomendada que indica la cantidad que debe consumirse por día.Modo o forma de consumo, ej. Con el desayuno, con abundante agua, etc.
Advertencias
Deben consignarse de manera obligatoria las leyendas «consulte a su médico», «no utilizar en caso de embarazo, lactancia ni en niños» (a menos que esté orientado específicamente a ellos), «mantener alejado de los niños» y otras que dependerán de la composición particular.
Cabe aclarar que para que un suplemento dietario pueda comercializarse en el país, debe contar con un Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), el cual es otorgado por la Autoridad Sanitaria correspondiente.
En los últimos años, la creciente modalidad de oferta de suplementos dietarios por Internet y correo electrónico preocupa a las autoridades sanitarias debido a que, en esas circunstancias, no puede garantizarse la calidad de los productos que se adquieren.
En este contexto, desde la ANMAT se informa que muchos de estos productos no están debidamente registrados, por lo que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara en lo que respecta a su elaboración, envasado y conservación. Teniendo en cuenta el riesgo que ello implica para la salud de los consumidores, se recomienda no consumir productos de procedencia desconocida que no ofrezcan garantías de inocuidad y aptitud sanitaria.