Lo anticipó a Telediario el constitucionalista y especialista en temas previsionales Enrique Novo. En Córdoba admiten amparo contra la ley que difiere el pago de aumentos a jubilados provinciales.
El constitucionalista y especialista en temas previsionales Enrique Novo confirmó que la semana próxima presentará los primeros amparos de jubilados riocuartenses contra la medida del gobernador José Manuel De la Sota de diferir en 180 días el pago de los aumentos a los pasivos provinciales.
Novo resaltó que la medida «no es inconstitucional si se aplica para futuros jubilados pero resulta ilegal si avanza con quienes ya recibieron el beneficio y tienen derechos adquiridos».
El especialista precisó que «quienes se jubilaron después del 2003 nunca cobraron el 82% móvil»
En diálogo con TD Digital, Novo manifestó que «desde el año 2003, luego del convenio de armonización, el 82 por ciento móvil nunca más se aplicó como lo indicaba la ley original.
«Hasta el 2008 se aplicó la Ley Nacional para las jubilaciones que tomaban en cuenta los últimos 10 años. En el 2009 se anunció con bombos y platillos la recuperación del 82 por ciento móvil, aunque en realidad no se aplica a partir del último haber sino en el promedio de los últimos cuatros años, por lo cuál tampoco es real lo que se pregona», explicó.
En relación a la última reforma, Novo precisó que «la ley modifica los momentos de reajuste, que antes se fijaba a los 30 días y ahora se extienden por 180 días».
«Esto no es ilegal, aunque obviamente la inflación va a hacer perder poder adquisitivo. En lo personal, considero que afectaron más los cambios del 2002 y 2009», formuló.
Desde el 1 de agosto finalizó la emergencia previsional declarada en el gobierno del ex gobernador Juan Schiaretti y que a la fecha alcanza al 4% del total de los jubilados.
Así, unos 3.688 jubilados y pensionados de la Caja de Jubilaciones cobrarán este mes por última vez una porción de sus salarios en Bonos de Cancelación Previsional.
Medida cautelar
El Juzgado en lo Civil y Comercial de 49ª Nominación de Córdoba admitió dos acciones de amparo presentadas hoy por jubilados que aportaron a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba en contra de la Ley Provincial Nº 10.078. Dicha norma establece -entre otras cosas- que el reajuste de los haberes de los pasivos tendrá efecto a partir de los 180 días computados desde la fecha que fuera percibida la variación salarial por los activos.
Ahora, la Caja de Jubilaciones deberá presentar al juez Leonardo González Zamar un informe circunstanciado en respuesta al planteo formulado por los amparistas, tal como lo prescribe el artículo 8 de la Ley Provincial de Amparo N° 4915.
Si bien los amparistas solicitaron al juez que ordene al organismo previsional que se abstenga de aplicar a norma atacada y efectúe las liquidaciones de agosto de 2012, aplicando la variación salarial estimada para los trabajadores en actividad, esta medida cautelar será resuelta la semana próxima.
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