Su posición no es vinculante, pero sirve como antecedente al fallo del TSJ. María Cáceres de Bolatti llegó a la conclusión de que el Defensor carece de legitimidad procesal para presentar este tipo de acciones ante la Justicia.
La fiscal General de la Provincia, María Cáceres de Bolatti, consideró que la Defensoría del Pueblo de Río Cuarto no tiene competencia para accionar en contra del municipio por la sobreasa a la telefonía, el cable e internet.
El defensor Eduardo Mugnaini había recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia con una acción declarativa de certeza para que se determine si el Estado local puede avanzar en el cobro impositivo.
Según publica el diario La Mañana de Córdoba, tras analizar las atribuciones que la Carta Orgánica Municipal de Río Cuarto le otorga al ombudsman, María Cáceres de Bolatti llegó a la conclusión de que el Defensor carece de legitimidad procesal para presentar este tipo de acciones ante la Justicia, ya que sólo puede accionar contra “terceros”.
Mugnaini también había avanzado con una medida cautelar contra la aplicación de la sobretasa.
Para la Fiscalía General la acción promovida fue declarada como “no admisible” y aunque su dictamen no es vinculante, sirve como fuerte precedente al fallo que deberá emitir el Tribunal Superior.
Desde septiembre
Tras la promulgación en el boletín oficial, desde el Ejecutivo confirmaron que la tasa a la telefonía, el cable e internet se cobrará desde septiembre y buscan recaudar $38 millones de pesos entre el fondo solidario y el FOP.
El secretario de Desarrollo Urbano, Fabricio Pedruzzi, señaló que 8 millones corresponden al Fondo Solidario y 30 millones serían recaudados a través del FOP. En ambos casos se trata de estimaciones anuales.
Hoy se empezó a discutir el presupuesto 2013 que se presentará en octubre y el intendente Jua Jure ratificó como principal objetivo el plan de viviendas.
“Hoy comenzamos a trabajar el presupuesto y se fijó un cronograma de actividades. Pudimos opinar sobre los principales destinos, aunque la propuesta electoral estuvo centrada en la obra pública y viviendas y habrá un destino muy fuerte de recursos”, aseveró Pedruzzi.
El edil dijo que los fondos surgirán del Fondo de Obra Pública, el Fondo de Desarrollo Social y el fondo Sojero.
“La suba en la tasa se cobra desde septiembre y en octubre comenzarán a ingresar las alícuotas”, manifestó.
Boletín
A través del Boletín Oficial de agosto, se publicó el decreto del intendente Juan Jure que ordena a las empresas telefónicas, de cable e internet, el cobro de la tasa municipal a partir del 1 de septiembre.
El decreto 103/12, del 16 de agosto de 2012, establece que “las empresas enunciadas en el presente artículo o las que las sustituyan en el futuro, como así también cualquier otra empresa que preste algunos de los servicios mencionados en las ordenanzas quedarán obligadas para actuar como agentes de percepción del Impuesto para la Financiación de la Obra Publica y el Desarrollo Regional (F.O.P.) y del Impuesto para el Desarrollo Institucional y Social F.O.D.I.S.)”.
En el listado de firmas aparecen AMXARGENTINA S.A., TELECOMARGENTINA S.A., TELECOM PERSONAL S.A., TELEFONICAMOVILESARGENT. S.A, INTERCITY COMUNICACIONES S.A., NEXTEL COMMUNICATIONSARG. S.R.L., CABLEVISION S.A., FIBRA IMAGEN RIO CUARTO S.A. y DIRECTVARGENTINA S.A.
La resolución destacó que “el monto de la percepción se determinará aplicando sobre el importe de la factura neto de impuesto al valor agregado, la alícuota vigente en la Ordenanza Tarifaría Anual”
“En virtud a los dispuesto por la Ordenanza Nº 1505/12 se establece que los Agentes de Percepción deberán percibir sobre la facturación cuyo vencimiento opere a partir del 1 de septiembre de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012 en concepto de Impuesto Para el Financiamiento de la Obra Publica y el Desarrollo Local y Regional”
Las empresas solo podrán dejar de cobrar la tasa “por el cese definitivo de su actividad” ó “cuando la Secretaria de Economía así lo establezca”.
“La Secretaría de Economía podrá disponer la prórroga para comenzar a actuar como agentes de percepción, a aquellas empresas que por algún problema relacionado únicamente con cuestiones de implementación en la facturación, soliciten un plazo prudencial”, se indicó finalmente.