En relación a los tributos, se modifica el artículo 5 y se fija un canon del 10 por ciento sobre los consumos de telefonía celular y celular fija que se realicen mediante la modalidad de abono mensual ó facturación. La misma medida se aplica sobre la televisión, el cable e Internet.
El Ejecutivo envió al Concejo Deliberante el proyecto para el cobro impostivo inicial de un 2,5 sobre los servicios de cable, Internet y telefonía celular y alcanzar un financiamiento para la construcción de 2 mil viviendas y 1.20o cuadras de pavimento.
La carga tributaria se aplicaría desde junio y tendría como finalidad el FOP y el Fodis, cuyos recursos se deben destinar a instituciones como Bomberos y vecinales.
Economía incluyó el proyecto de «Financiamiento de largo plazo» en el que se autorizaría al Ejecutivo «a realizar las gestiones necesarias ante entidades financieras oficiales y/o privadas, mercados autorregulados y organizaciones de servicios financieros de información y compensación de operaciones del país ó del exterior que resulten necesarias para la estructuración, implementación y seguimientos de un instrumento financiero a largo plazo en moneda nacional ó extranjera».
La medida facultaría a la secretaría de Economía «a la emisión y colocación de Letras del Tesoro a plazos que excedan el ejercicio financiero hasta alcanzar un importe en circulación del valor nominal de 30 millones de pesos, el que se considerará parte integrante del monto autorizado en el párrafo precedente (39 millones de pesos)»
En relación a los tributos, se modifica el artículo 5 y se fija un canon del 10 por ciento sobre los consumos de telefonía celular y celular fija que se realicen mediante la modalidad de abono mensual ó facturación. La misma medida se aplica sobre la televisión, el cable e Internet.
«Facultese al Ejecutivo a reglamentar la aplicación de la misma, la que deberá ser en forma escalonada y gradual a partir de junio de 2012, no debiendo superar para el primer bimestre de su implementación el 25 por ciento de la alícuota», se indicó.
Cobro de impuestos
En la propuesta de ordenanza 19241 se pide modificar el artículo 302 sobre el «Impuesto para el desarrollo institucional y social», incluyendo el cobro a «los consumos de telefonía celular y fija que se realicen mediante la modalidad de abono mensual ó facturación».
Además, se incorporan «los consumos del servicio de televisión por cable y televisión satelital y del servicio de Internet»
«La base imponible para los consumos estará determinada por el valor total de la factura neto del IVA», se explicó.
La propuesta añade que deberán incorporse los cambios al artículo 168 del Código Tributario Municipal.
En el artículo 305 se sostiene que «lo recaudado será afectado a los servicios descentralizados prestados por vecinales, los aportes a Bomberos, los subsidios a instituciones, los programas de inclusión Socio Educativa y los programas de Seguridad Alimentaria».