Definen si continúan las fiestas con chicos y adultos tras el debate sobre su legalidad

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El secretario de GobiernoOsvaldo Córdoba dijo que «fue solo una prueba». Este jueves se reúnen funcionarios, concejales y directivos del Edecom en el parlamento local.

Las fiestas organizadas por dos boliches privados, con el aval del Edecom, en las que conviven chicos de entre 15 y 17 años con adultos, generó una fuerte polémica ante una eventual violación del Código de Espectáculos Públicos aprobado hace 3 años.
En los eventos hay espacios «exclusivos» para el consumo de alcohol en el que solo pueden ingresar los mayores de edad pero que están habilitados en la misma confitería.
Las experiencias reunieron a miles de jóvenes y el área de Espectáculos Públicos del Edecom sumó agentes para realizar controles de alcoholemia en el ingreso a los locales, además de inspeccionar el interior del lugar.
El objetivo era evitar que los chicos viajaran a otras localidades de la región ó se avanzara con un registro en el que los padres habilitaran a sus hijos a participar de los eventos.
Santiago Mariscotti, propietario de Minga, dijo que «los eventos son esporádicos y solo pueden ingresar adultos de hasta 20 años». Resaltó, además, que cada sábado «serán solo para mayores de 18 años».
La noticia publicada por Telediario generó el debate en el Concejo Deliberante y el municipio, por lo que mañana habrá un encuentro entre representantes parlamentarios, del Edecom y del Ejecutivo.
El subsecretario de Gobierno Osvaldo Córdoba señaló en diálogo con TD Digital que «la modalidad fue solo una prueba ante el reclamo de los padres y ahora se debatirá sobre su legalidad».
«En la reunión en el Concejo Deliberante se determinará si continúa la propuesta ó se dispone buscar otra alternativa», subrayó.
En el artículo 9 del capítulo 3 del Código de Espectáculos Públicos, se indicó que «queda prohibida la entrada y permanencia de menores de dieciocho (18) años de edad, en los locales habilitados por el presente Código en los que se vendan bebidas alcohólicas de cualquier tipo y graduación para ser consumidas por sus clientes o parroquianos en el lugar, en cualquier forma que fuera, sea en envases abiertos o cerrados».
Añade que «no están alcanzados por la prohibición contenida en este artículo los locales que tengan como rubro principal el expendio de comida y cafetería para ser consumida en el lugar y las fiestas familiares de cualquier tipo (casamientos, cumpleaños, aniversarios, etc.)»

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