Caso Nicolás Sabena – Rivero admitió que «no hay una prueba madre» en la desaparición

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Recordó que asumió el caso dos años después en la causa y que debió sustentarse en indicios. 

En la resolución que determina la elevación  juicio de la causa por la desaparición de Nicolás Sabena, el fiscal Julio Rivero reconoció que «no hay una prueba madre» en la investigación y pareció enviar una señal a la primera etapa de la investigación, a cargo del fiscal Walter Guzmán, al indicar que asumió el caso dos años después y que la hipótesis se concentra en una sumatoria de indicios.
Por el hecho están imputados José Vargas, Inés Flores, Lucía Vargas y José Francisco Vargas, acusados de privación ilegítima de la libertad calificada por el número de intervinientes y agravada ante el probable resultado mortal de la víctima, a título de co autoría.
«En esta tan compleja investigación iniciada hacia el mes de Septiembre de 2.008 por el Fiscal de Instrucción de 1er turno  y continuada dos años después de su inicio, carecemos de una “prueba madre”, sostuvo.
Añadió que «adolece este Ministerio Publico Fiscal de una prueba directa, dada las características de la modalidad delictiva, imponiéndose, como se advierte, la incorporación, análisis y valoración conjunta (no fragmentada) de indicios, esto es, hechos a través del cual mediante una operación lógica se infiere la existencia de otro (lo que se quiere probar)».
Rivero consideró que «el cúmulo de hechos indiciarios analizados conducen a sospechar seria y fundadamente la participación de los integrantes de la familia Vargas en la desaparición de Nicolás Sabena y que esta Fiscalía de Instrucción relaciona  con el infortunado final del joven».
En el extenso documento, donde se describen las pruebas telefónicas, los cruces de testimonios y las pericias, en su mayoría cuestionadas por la Cámara, Rivero sostuvo que que «la profundización de la presente investigación lleva a desenmascarar  una trama de silencios, reticencias, falta de colaboración, negativas, evasivas y “complicidades” en los testigos».
Puso como ejemplo a  Bernetche, una mujer imputada por el delito de Falso Testimonio por la Fiscalía de Instrucción de Segunda Nominación y quien próximamente será sometida a juicio oral».
Pero también incluye a los remiseros y testigos Altamirano, Bustos, Soria, Zabala, Gordon, Renato Mieres y Silvia Maldonado; «todos vinculados de una u otra forma a la familia integrada por los imputados».
Para el fiscal, resulta «sugestivo» el aporte de Silvia Sandra Maldonado quien se encontrara presente al momento del allanamiento y detención de los imputados; quien «en prieta síntesis manifiesta que no sabe nada», sin embargo, «recuerda que “ellos” (por los Vargas), le contaron que Nicolas había tenido problemas en su casa y era amigo del hijo de ellos y que fue a quedarse unos días porque no tenía una buena relación con su mama».
La mujer agregó que: «Después este chico Nicolas se fue y nunca más supieron del paradero de él y cuando salía algo en la tele de Sabena ellos decían mira que garrón que nos comimos, por ser buenos, por hacer una obra de bien, lo que nos pasa…».
Para el investigador, la “obra de bien” de los imputados a la que alude la testigo Silvia Maldonado, a criterio de este Ministerio Público Fiscal, «constituye el “hecho” intimado a los imputados cuya investigación conduce indefectiblemente al enjuiciamiento oral, público y contradictorio que aquí propicia este Ministerio».

Libertad de los Vargas

Los Vargas seguirán en libertad hasta un juicio que podría demorar años. Se viene una larga secuencia de apelaciones que demorarán mucho tiempo en resolverse porque no hay detenidos.
Rivero sostiene en su resolución que»el actual estadio procesal y el tiempo transcurrido desde la noticia criminis que instaló la sospecha -en la génesis de la investigación- de todos los imputados, permiten a este Ministerio Público Fiscal afirmar que no existen serios, vehementes y respetables indicios que autoricen a sostener la posibilidad de daño procesal».
Aunque el fiscal evaluó que «desde la lógica mas elemental se podría inferir que la gravedad de la amenaza o pronóstico punitivo implica per se peligro de fuga», decidió aceptar el fallo del Tribunal Superior de Justicia que en la causa Vargas sostiene que “la libertad ambulatoria se encuentra en la cúspide del sistema”.
«Ello debe ir acompañado de otros indicios que permitieran afianzar aquella presunción y que no se advierten en el caso que nos ocupa», reconoció.

Por Pablo Callejón (callejonpablo@yahoo.com.ar)
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