ANTICIPO TELEDIARIO DIGITAL – Quiroga, considerado un «policía ejemplar» por la Unidad Departamental, quedó expuesto a varias denuncias por golpizas y maltratos, que provocaron el rechazo de organismos de derechos humanos.
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) anuló parcialmente la sentencia que había absuelto al policía Claudio Gabriel Quiroga por el delito de vejaciones calificadas y dispuso reenviar la causa a la Cámara 2ª del Crimen de Río Cuarto para que efectúe un nuevo juzgamiento por intermedio de otra sala unipersonal.
Quiroga, considerado un «policía ejemplar» por la Unidad Departamental, quedó expuesto a varias denuncias por golpizas y maltratos, que provocaron el rechazo de organismos de derechos humanos.
Para el Tribunal Superior, en esta oportunidad, «deberán tenerse en cuenta elementos prueba que habían sido omitidos en el primer debate oral»
El policía está acusado de golpear con una tonfa a un hombre que había sido detenido la madrugada del 26 de agosto de 2007 a la salida del club bailable El Sol y provocarle una perforación intestinal que motivó una intervención quirúrgica.
Después del juicio, la Cámara 2ª del Crimen de Río Cuarto absolvió por el beneficio de la duda al imputado en relación con este episodio, imponiéndole una pena de de tres meses de prisión en suspenso por otro hecho calificado como lesiones leves.
En su resolución, la Sala Penal del TSJ consideró que el tribunal riocuartense había omitido analizar pruebas dirimentes para establecer la responsabilidad penal del funcionario policial, en particular, un dictamen médico que aseguró que las heridas sufridas por el damnificado, Ángel Gómez, no podría haber sido ocasionadas por los golpes de puño que recibió a la salida del baile, antes de la detención, sino por un instrumento contundente como un palo de escoba o una tonfa.
“Carece de todo sentido convocar al experto para que emita su parecer técnico y luego prescindir de éste sin exponer las razones válidas de tal solución; así como tampoco resulta aceptable, a efectos de controvertirlo, contraponer al dictamen del profesional la opinión individual del sentenciante en un área que, en principio, resulta ajena a su incumbencia específica”, enfatizó el TSJ en el fallo.
El Tribunal señaló que, «contrariamente a la posición exculpatoria del imputado, la víctima, su concubina y hermana, los oficiales de la guardia de la Sub Comisaría y de la Alcaldía y los registros efectuados por éstos, identificaron contundentemente que Quiroga habría participado del procedimiento de aprehensión de Gómez y de su presentación ante ambas dependencias».
Por Pablo Callejón (callejonpablo@yahoo.com.ar)
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