La Dirección General de Rentas informó a los contribuyentes que tienen plazo hasta el 23 noviembre para abonar la Cuota 50 del Impuesto Inmobiliario y de la Propiedad Automotor.
Esta cuota especial se generó si el contribuyente no regularizó su deuda del año 2010 o anteriores a junio de 2011.
El contribuyente debe abonar la Cuota 50 ya generada y regularizar la deuda que dio origen a esta cuota especial. De esta forma la reducción del impuesto del 30% otorgada a todos los contribuyentes se mantendrá en 2012 para aquellos contribuyentes que estén al día con la Provincia.
Para abonar los impuestos adeudados hasta al 31 de diciembre de 2010 existen diversas alternativas de pago.
Los contribuyentes podrán emitir sus deudas a través de https://deudasrentas.cba.gov.ar y solicitar asesoramiento llamando al 0800-444-8008 ó al 0800-888 y en las oficinas de atención de toda la provincia (para localizar la delegación más cercana ingresar a www.cba.gov.ar).