El análisis respaldado en cifras sobre la situación fiscal de las provincias
por parte de Marco Targhetta de la Fundación EGE.
Tal como lo tratáramos en artículos anteriores, las estimaciones acerca del resultado fiscal de las provincias para el 2006 serán bastante más modestos que los que se espera en el ámbito Nacional y menor al correspondiente al 2005.
Dentro de los argumentos que explican este comportamiento se pueden nombrar los aumentos salariales de los empleados públicos, los vencimientos de obligaciones contraídas, un crecimiento económico a un ritmo menor y un nivel de inversiones en obras públicas pocas veces visto anteriormente.
Dada esta situación, cabe preguntarse cuáles son los mecanismos que tienden a preservar el equilibrio fiscal y evitan el aumento indiscriminado del gasto público. Dentro de estos mecanismos podemos destacar tres: la Ley de Responsabilidad Fiscal, los Programas de Asistencia Financiera y la Restricción de préstamos de entidades financieras a gobiernos provinciales.
El primero, la Ley de Responsabilidad Fiscal, vigente desde 2005, plantea los patrones de comportamiento fiscal a nivel macro y estable una serie de pautas relacionadas con la evolución del gasto público, del endeudamiento y de los programas de financiamiento. Estos patrones de comportamiento tienen como objetivo no poner en riesgo la sustentabilidad fiscal del sistema y están previstas una serie de penalidades en caso de incumplimiento que, en última instancia pueden implicar la suspensión de transferencias de fondos de la Nación hacia las provincias.
El segundo, los Programas de Asistencia Financiera, vigentes desde el 2002 y que representan los acuerdo entre provincias y Nación acerca de las metas fiscales y el financiamiento requerido en cada ejercicio fiscal.
En este punto existieron algunos cambios, siendo los programas más estrictos en la actualidad. Esto se manifiesta en el hecho de que anteriormente se podían financiar no sólo el déficit financiero, sino también la amortización de la deuda instrumentada y la cancelación de la deuda flotante. En la actualidad, en cambio, sólo se puede financiar parcialmente las amortizaciones de la deuda instrumentada.
El tercero y último de los mecanismos es simple restricción de los préstamos que las entidades financieras otorgan a los estados provinciales. Esto se cumplimenta a través de las exigencias técnicas que dispone el Banco Central imponiendo montos máximos prestables.
F. Marco Targhetta
Coord. Gral. Fund. EGE
info@fundacionege.org
04/07/06